REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
PODER JUDICIAL
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA.
205º y 156º

Los Teques, lunes quince (15) de febrero de dos mil dieciséis (2016)

ACTA DE REUNION CONCILIATORIA (CUMPLIMIENTO DE PAGO)

En el día de hoy, lunes quince (15) de febrero del año dos mil dieciséis (2016), siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), se procede adelantar la oportunidad fijada por el Tribunal para que tenga lugar la Reunión Conciliatoria fijada a las dos (02:00 p.m.) de la tarde para el día de hoy por solicitud de la representación judicial de ambas partes correspondiente al expediente signado con el N° 14-3856 (Nomenclatura interna de este Juzgado), seguido por el ciudadano HERNANDEZ PEREZ VICTOR ENRIQUE, titular de la cédula de identidad número V- 8.684.375 contra la entidad de trabajo CONSORCIO LINEA II. Se deja constancia de la comparecencia del ciudadano HERNANDEZ PEREZ VICTOR ENRIQUE, titular de la cédula de identidad número V- 8.684.375 en su carácter de parte actora, el ciudadano abogado JOSE GREGORIO BRAVO, titular de la cedula de identidad Nº 2.141.954 inscrito en el I.P.S.A. bajo el número 24.379 en su carácter de apoderado judicial de la parte accionante y la ciudadana abogada AMANDA APARICIO VERDUGO inscrito en el I.P.S.A. bajo el número 90.696. Seguidamente la representación judicial de la parte accionada procede al pago del como monto único para el cumplimiento de lo condenado por la sentencia dictada por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de fecha 15 de abril de 2015, por la cantidad Ciento diecinueve mil cuatrocientos cincuenta ocho Bolívares con cincuenta y cuatro céntimos ( Bs.119.458,54), en cheque de gerencia numero 00052235 librado contra la cuenta corriente numero 0134-1099232120210001 del banco BANESCO, seguidamente la representación judicial de la parte accionante manifestó estar de acuerdo con el monto cancelado por la representación judicial de la parte accionada. Seguidamente la ciudadana Juez da por concluido el presente acto. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.


INDIRA CARDOZA MATUTE
LA JUEZ

ACTOR

REPRESENTANTE LEGAL
DE LA ACCIONANTE

REPRESENTANTE LEGAL
DE LA ACCIONADA
EL SECRETARIO
Exp. 14-3856
ICM/