REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

Los Teques, 21 de julio de 2016
206° y 157°

Vista la actuación que antecede, inserta en el folio 170 del presente expediente, que por DESALOJO, sigue el ciudadano MANUEL IVAN DE LEÓN GARCIA, venezolano, mayor de edad, de estado civil casado, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-643.512, contra el ciudadano JESUS GREGORIO MORENO ZURITA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.170.605, constituida por una diligencia, recibida ante este Tribunal en fecha 20 de julio de 2016, presentada por la abogada ciudadana DIOMARA FRANCO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 185.079, en su carácter de Defensora Pública Especializada con Competencia Civil y Administrativa Especial Inquilinaria y para la Defensa del Derecho a la Vivienda, mediante la cual expone lo que parcialmente se transcribe a continuación: “solicito…sean admitidas dichas documentales y valoradas de conformidad con el artículo 99 de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda…”. Al respecto, este Tribunal establece que, el estado del proceso se encuentra en evacuación de pruebas, por lo que se niega lo peticionado en dicha actuación, y así se establece.

LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,


Abg. TERESA HERRERA ALMEIDA.

LA SECRETARIA,

Abg. HILDA JOSEFINA NAVARRO REVETE.



THA/HJNR/Deivyd
Exp. Nº 15-9791