REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

Los Teques, 28 de julio del año 2016
206º y 157º

De una revisión de las actas procesales que conforman el presente expediente, que por DESALOJO, sigue la ciudadana MARIA EUGENIA BOESI viuda de CORRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.306.345, procediendo como apoderada de la ciudadana TERESA PERNECHELE viuda de CORRA, asistida por las abogadas ciudadanas LILI FUENTES ANDERSON y OMAIRA DÍAZ de SOLARES, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 82.215 y 99.939, este Tribunal evidencia que en fecha 14 de julio de 2016, se dictó sentencia, declarando INADMISIBLE la solicitud que da inicio a las presentes actuaciones, en consecuencia, este Tribunal ordena el CIERRE y ARCHIVO de este expediente. Remítase al Depósito de Expedientes de la División de Archivos Judiciales del Estado Bolivariano de Miranda. Cúmplase.

LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,


Abg. TERESA HERRERA ALMEIDA.

LA SECRETARIA,

Abg. HILDA JOSEFINA NAVARRO REVETE.

En esta misma fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.

LA SECRETARIA,



THA/HJNR/Deivyd
Exp. Nº 16-9871