REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA







JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA



San Antonio de Los Altos, 15 de julio de 2016

206° y 157°




Vistas la solicitud y documentación presentadas por la ciudadana Kyra Gallarraga de Pérez, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad NRO 10.868.871, actuando en carácter de Director Gerente de la Sociedad Mercantil “CONSTRUCTORA KGRP, C.A.”, inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y estado Bolivariano de Miranda bajo el N° 63, Tomo 175-A-Pro en fecha 8 de diciembre de 2003, asistida por la abogada Marisol Luis Luis, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 84.887; y evacuadas como han sido las declaraciones de las testigos presentadas por la solicitante, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y conforme a la Resolución N° 2009-0006 emanada del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.152, de fecha 2 de abril de 2009; DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la Sociedad Mercantil “CONSTRUCTORA KGRP, C.A.”, antes identificada, sobre las mejoras y bienhechurías constituida por una vivienda compuesta por tres (3) niveles (nivel sótano, planta baja y planta alta), con un área total aproximada de construcción de CUATROCIENTOS TREINTA METROS CUADRADOS CON OCHENTA CENTÍMETROS CUADRADOS (430,80 mts2). Que en la presente declaró la solicitante haber construido su representada, sobre una parcela de terreno distinguida con el N° 148-A, ubicada en la Urbanización La Morita, Ruta ocho (8), San Antonio de Los Altos, Jurisdicción del Municipio Los Salias del Estado Miranda, que le pertenece según consta en los siguientes documentos debidamente Protocolizados ante el Registro Público del Municipio Los Salias del Estado Miranda así: Documento de Venta: Quedando registrado bajo el Número 07, Protocolo 1°, Tomo 04 del año 2004, en fecha nueve (9) de febrero de dos mil cuatro (2004); Documento de Reparcelamiento: Registrado en fecha quince (15) de junio de dos mil cinco (2005), quedando anotado bajo el Número 17, Protocolo 1°, Tomo 10 del año 2005; Documento de Aclaratoria: El cual quedó registrado bajo el Número 26, Tomo 15, Protocolo de Transcripción del año 2015, en fecha veintiuno (21) de octubre de dos mil quince (2015). Que la referida parcela de terreno tiene una superficie aproximada de MIL TRESCIENTOS CINCO METROS CUADRADOS CON VEINTIDÓS CENTÍMETROS CUADRADOS (1.305,22 mts2), cuyos linderos y medidas constan en autos, y se encuentra aforada por la Dirección de Catastro Municipal de la Alcaldía del Municipio Los Salias del Estado Miranda bajo el Nº 0002349.




Devuélvase a la solicitante en original, todas las actuaciones que conforman la presente solicitud.

Déjese copia certificada del presente Decreto, y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.

LA JUEZA TITULAR,
EL SECRETARIO TITULAR,

LEONORA CARRASCO HERNÁNDEZ
MAIKEL MEZONES IBÁÑEZ










Se deja constancia que en esta misma fecha se dio cumplimiento con lo ordenado anteriormente.

EL SECRETARIO