REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL MUNICIPIO LOS SALIAS CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA


San Antonio de Los Altos, 19 de julio de 2016

206° y 157°






Revisado como ha sido el presente escrito de Solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentado por los ciudadanos MARÍA ELIZABETH FIGUEROA de GOLOVCO, ERICK ALEXANDER GOLOVCO FIGUEROA, DAVID ALEXANDER GOLOVCO FIGUEROA, ALEJANDRO DANIEL GOLOVCO FIGUEROA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad NROS V-5.531.743, V-13.137.975, V-16.299.258 y V-16.299.259, respectivamente, asistida por la abogada Hilda Desiree Malpica Alfonso, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 123.820; así como la justificación de los testigos promovida y evacuada; este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y del artículo 825 del Código Civil Declara ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA a la ciudadana MARÍA ELIZABETH FIGUEROA de GOLOVCO, ERICK ALEXANDER GOLOVCO FIGUEROA, DAVID ALEXANDER GOLOVCO FIGUEROA, ALEJANDRO DANIEL GOLOVCO FIGUEROA, antes identificados; en su carácter de esposa e hijos de la causahabiente ALEXANDER GOLOVCO POPOVA, quien en vida era de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° 3.657.381, quien falleció en el día 12 de diciembre de 2013, tal como se desprende de Acta de Defunción Nº 786, folio 36, emitida por la Oficina de Registro Civil, del Municipio Chacao del estado Bolivariano de Miranda; todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvase al solicitante en original todas las actuaciones que conforman la presente solicitud. Déjese copia certificada del presente Decreto y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Cúmplase.
LA JUEZA TITULAR

EL SECRETARIO
LEONORA CARRASCO HERNÁNDEZ

MAIKEL MEZONES I.

Se deja constancia de que se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.

EL SECRETARIO

Expediente N°: S-2016-124
LCH/MMI/mmd