REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL MUNICIPIO LANDER DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DELESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Ocumare del Tuy, 18 de Julio de 2016
206° y 157°

ASUNTO: S-0333-16-TSM
SOLICITANTE: GERMÁN ENRIQUE RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.631.763.
ABOGADO ASISTENTE: AILYDE MARÍN G., inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 10.275.
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO

Se inicia la presente solicitud mediante escrito presentado en fecha 04/03/2016, por el ciudadano GERMÁN ENRIQUE RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.631.763, por ante este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Lander de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, en función de Distribuidor, siendo asignada a este Tribunal previo sorteo de Ley.
Alegó que viene poseyendo una lote de terreno municipal ubicado en la Avenida Miranda, Ocumare del Tuy, municipio autónomo Tomás Lander, estado Bolivariano de Miranda, cuyo terreno tiene un área de DOSCIENTOS TRES METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y SEIS DECÍMETROS CUADRADOS (203,46 Mts2); cuyos linderos y medidas consta en el escrito de solicitud; y a los fines que le interesa, solicitó le sea expedido Título Supletorio de conformidad con los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo, solicitaron sean declarados los testigos que oportunamente presentarían sobre los particulares descritos en la solicitud.
En fecha 04 de Marzo de 2016, se dictó auto en el cual se dio entrada a la presente solicitud, e instó a la parte a consignar los recaudos respectivos, siendo efectivo lo anterior el día 29/03/2016.
Mediante auto dictado el día primero (01) de Abril de 2016, el Tribunal admitió la presente solicitud de Título Supletorio, instando que las declaraciones testimoniales fueran evacuadas una vez fueron presentados.
En fecha catorce (14) de Julio de Dos Mil Dieciséis tuvo lugar las declaraciones testimoniales de los ciudadanos JULIO CESAR GONZÁLEZ YNFANTE y MÓNICO RIVAS, titulares de la cédulas de identidad Nros. V-6.416.145 y V-10.891.539, respectivamente.
Ahora bien, en atención a los recaudos consignados, así como las declaraciones testimoniales de los ciudadanos identificados Ut Supra, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Lander de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con la Resolución N° 2009-0006 de fecha 18-03-2009 emanada por el Tribunal Supremo de Justicia, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano GERMÁN ENRIQUE RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.631.763. Dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros.
Devuélvase originales con sus resultas. Asimismo, expídase por Secretaría copia certificada de la presente Declaración de Únicos y Universales Herederos a los fines de su archivo en este Juzgado, de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del municipio Lander del estado Bolivariano de Miranda. En Ocumare del Tuy, a los Dieciocho (18) días del mes de Julio año Dos Mil Dieciséis (2016). Años: 206º de la Independencia y 157° de la Federación
LA JUEZA,

Abg. NANCY ORTIZ MALAVÉ
LA SECRETARIA

Abg. MARÍA LOURDES GUAIQUERIANO

En la misma fecha se publicó y registró la anterior decisión, previo el cumplimiento de las formalidades de Ley.
LA SECRETARIA

Abg. MARÍA LOURDES GUAIQUERIANO
N° S-0333-16- TSM
NOM/MLG/Rey