REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL MUNICIPIO LANDER DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Ocumare del Tuy, 04 de Julio de 2016
206° y 157°

ASUNTO: S-0368-16-TSM
SOLICITANTE: EDUARDA FLORENCIA MELO BORGES, venezolana, titular de la cedula de identidad Nro. V-5.403.435
ABOGADO ASISTENTE: JUAN PABLO COVA JIMENEZ, inscrito en el I.P.S.A bajo el número 144.838.
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO

Mediante escrito presentado en fecha 09/05/2016, por ante el Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Lander de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda en función de distribuidor, siendo asignado a este Despacho Judicial por sorteo realizado en esta misma fecha, por la ciudadana EDUARDA FLORENCIA MELO BORGES, venezolana, titular de la cedula de identidad Nro. V-5.403.435, debidamente asistido por el abogado JUAN PABLO COVA JIMENEZ, inscrito en el I.P.S.A bajo el número 144.838.

Alega el solicitante que; sobre un lote de terreno del INTI, ubicado en San Bernardo, Las Casitas, 3ra Entrada casa S/N, jurisdicción del municipio Tomás Lander; Ocumare del Tuy, Estado Bolivariano de Miranda, según MENSURA Y PROCEDENCIA realizada por la coordinación de catastro de la Alcaldía del Municipio Tomas Lander del Estado Bolivariano de Miranda, Nº CC-M-046-16, de fecha 20/04/2016, se determinaron sus medidas y linderos y demás características, señaladas en la solicitud. Que todas las bienhechurías señaladas en la presente solicitud, donde se ha invertido la cantidad de Tres millones quinientos mil (3.500.000,00 Bs.) Bolívares en materiales y mano de obra los cuales están pagados con dinero de su propio peculio. Igualmente solicita al Tribunal sea declarado a su favor TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD.
Se ordena dar entrada, hacer las anotaciones en los libros; así como consignar los recaudos respectivos, a los fines de pronunciarse sobre su admisión, en fecha 23/05/2016 siendo consignado lo relativo a la presente solicitud de Titulo Supletorio en fecha 23/05/2016, admitida por auto de fecha 24/05/2016, fijando igualmente las declaraciones testimoniales se evacuaran una vez sean presentados los mismos ante este Despacho Judicial.
El día 06/06/2016, tuvo lugar el acto de declaración testimonial de los ciudadanos ARGENIS AGUSTIN GAMEZ CARRASQUEL y JOSE LUIS ALVAREZ venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nros. V-4.292.873 y V-16.204.207, respectivamente.
Ahora bien, en atención a los recaudos consignados, así como las declaraciones testimoniales, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LANDER DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en artículo 937 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con la Resolución Nro. 2009-0006 de fecha 18/03/2009, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD de la presente solicitud a favor de la ciudadana EDUARDA FLORENCIA MELO BORGES, venezolana, titular de la cedula de identidad Nro. V-5.403.435. Dejando a salvo los derechos que pudiese corresponder a los terceros
Devuélvase original con sus resultas. Asimismo, expídase por Secretaría copia certificada del presente Justificativo Judicial a los fines de su archivo en este Juzgado, de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.

Publíquese y Regístrese.

Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del municipio Lander del estado Bolivariano de Miranda. En Ocumare del Tuy, a los veinte y uno (21) días del mes de Junio del año Dos Mil Diez y Seis (2016). Años: 206º de la Independencia y 157° de la Federación

LA JUEZA,



Abg. NANCY ORTIZ MALAVÉ
LA SECRETARIA



Abg. MARIA LOURDES GUAIQUERIANO




En la misma fecha se publicó y registró la anterior decisión, previo el cumplimiento de las formalidades de Ley.

LA SECRETARIA



Abg. MARIA LOURDES GUAIQUERIANO


N° S-0368-16- TSM
NOM/MLG/Rey