REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FERNÁNDEZ FEO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Abejales.

Sentencia Nro. 2341-16-2382

CAPÍTULO I - DE LAS PARTES

DEMANDANTE: JECKXANDRA YECKSILETH RAMIREZ MORA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-20.624.280, con el carácter de madre de J.A.C.R.

DIRECCIÓN: carrera 9, calles 7 y 8, al lado de la casa de los abuelos, S/N, Abejales, Estado Táchira.

DEMANDADO: ROMY ALESSANDER CARDENAS CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-25.357.534.

DIRECCIÓN: los llanitos, vía cordero, La Colina N° 2-117, una cuadra más arriba de la capilla Divino Niño, casa “YOLY”, Municipio Cárdenas, Estado Táchira.

MOTIVO: Obligación de Manutención.

Causa Número: 2341-16.

Fecha de Entrada: 17 de mayo de 2016.

CAPÍTULO II - DE LOS HECHOS

En fecha 09 de mayo de 2016, comparece la ciudadana JECKXANDRA YECKSILETH RAMIREZ MORA, y mediante diligencia demanda por obligación de manutención al ciudadano ROMY ALESSANDER CARDENAS CONTRERAS, a favor de su hija la niña J.A.C.R.
En fecha 17 de mayo del 2016, se admite la demanda y se ordena la citación del demandado así como la práctica de un estudio socioeconómico y la notificación al fiscal del Ministerio Público del Estado Táchira en Materia de Protección.
En fecha 17 de mayo de 2016, se libró boleta de citación al demandado ROMY ALESSANDER CARDENAS CONTRERAS.
En fecha 17 de mayo del 2016, se libró boleta de notificación al Fiscal del Ministerio Público del Estado Táchira.
En fecha 17 de mayo del 2016 (f.11), se libró exhorto al Juez de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andres Bello del Estado Táchira, a fin de ograr la citación de ROMY ALESSANDER CARDENAS CONTRERAS .
En fecha 17 de mayo del 2016 (f.12), se libro oficio N° 387, al Coordinador del Equipo Multidisciplinario del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Táchira.
En fecha 17 de mayo del 2016 (f.139 se libró oficio al Juez de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andres Bello del Estado Táchira.
En fecha 15 de junio del 2016 (f.14) consigno el alguacil temporal, boleta de notificación debidamente practicada, librada al Fiscal del Ministerio Público del Estado Táchira.
En fecha 20 de julio del 2016, comparecen voluntariamente los ciudadanos JECKXANDRA YECKSILETH RAMIREZ MORA y ROMY ALESSANDER CARDENAS CONTRERAS, a fin de celebrar acto conciliatorio en el procedimiento por obligación de manutención a favor de su hija la niña J.A.C.R., y quienes previa entrevista con el Juez Provisorio, convienen en la fijación de la Obligación de Manutención, en los siguientes términos: “PRIMERO: el obligado Romy Alessander Cárdenas Contreras, aportará mensualmente 2 kilogramos de arroz, 2 kilogramos de pasta, 2 kilogramos de harina, 1 kilogramo de leche, 500 graos de granos, y adicional aportará seis mil bolívares mensuales, para la compra de 2 kilogramos de carne y un pollo; dicha cantidad de dinero será depositada en una cuenta bancaria que se solicita sea aperturada en el banco bicentenario. Además aportará un paquete de pañales, necesarios para la niña Jeckxarith Alessandra. SEGUNDO el ciudadano Romy Alessander Cárdenas Contreras cubrirá el 50% de gastos médicos, medicina y gastos tradicionales de fin de año que requiera su hija beneficiaria en la presente causa. TERCERO Las partes solicitan se libre oficio al banco bicentenario para la apertura de la cuenta de ahorro correspondiente y se homologue el presente acuerdo”.
CAPÍTULO III – HOMOLOGACIÓN

Por cuanto en fecha 20 de julio de 2016, comparecen los ciudadanos: JECKXANDRA YECKSILETH RAMIREZ MORA y ROMY ALESSANDER CARDENAS CONTRERAS, y celebraron acto conciliatorio en el procedimiento por obligación de manutención a favor de su hija la niña J.A.C.R., y por cuanto la conciliación entre las partes no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte homologación al acta suscrita de fijación del monto de la obligación de manutención, de fecha 20 de julio de 2016, de conformidad con lo establecido en el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
Se acuerda la revisión anual del monto de la Obligación de Manutención, conforme a lo establecido en el último aparte de artículo 369 ejusdem.
Líbrese Oficio a la Directora Administrativo del Banco Bicentenario, Agencia Abejales, ordenando la apertura de una cuenta de ahorros a nombre de la ciudadana: JECKXANDRA YECKSILETH RAMIREZ MORA en representación de su hija la niña J.A.C.R., quedando facultada la titular para que movilice la cuenta bancaria sin presentar autorización por escrito de este Tribunal. Una vez consignado el respectivo número de la cuenta de ahorros, notifíquese al obligado, ciudadano: ROMY ALESSANDER CARDENAS CONTRERAS, para que efectúe los correspondientes depósitos.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, con sede en Abejales a los veintiún días del mes de julio del dos mil dieciséis. Años 206° de la Independencia y 157° de la Federación.
El Juez Provisorio

Abg. Teófilo Hernández Alarcón

El Secretario

Abg. Luis Alfonso Sánchez Pérez