TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. Independencia, 25 de julio de 2016.
205º y 157º
Vista la diligencia de fecha 20 de los corrientes, mediante la cual la ciudadana GLORIA KATHERINE OLARTE VILLAMIL, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-25.703.793; conviene en la solicitud de ofrecimiento de obligación de manutención, por cuanto dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público competente. Asimismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 7 de la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, Nº 703, de fecha 11 de enero de 2000, líbrese oficio al Banco Bicentenario, a fin de que se aperture una cuenta de ahorros, para los depósitos de la obligación de manutención. Regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
LA JUEZA TEMPORAL,
ABG. BETTY YAJAIRA VARELA MÁRQUEZ
LA SECRETARIA,
ABG. MAURIMA MOLINA COLMENARES
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, se publicó siendo la (s) _________, quedó registrada bajo el N° ________, se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal y se libró boleta de notificación.
Exp. Nº 2903-2016
BYVM/mcmc.
Va sin enmienda.
|