REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
PODER JUDICIAL
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
LOS TEQUES.
206º y 157º
ACTA
ACTA AUDIENCIA PRELIMINAR
N° DE EXPEDIENTE: 16-4214
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.
PARTE ACTORA: ISABEL MIREYA CACERES, titular de la cédula de identidad N° 5.220.341.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: NO CONSTITUYO APODERADOS
PARTE DEMANDADA: BIOMAST EL PASO C.A.
LA PARTE DEMANDADA ASISTIDA POR: El ciudadano abogado JHONNY ENRIQUE BLANCO MENZOZA, titular de la cedula de identidad Nº 6.017.215, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 68.102.
AUDIENCIA PRELIMINAR (INICIO)
En horas de despacho del día de hoy, viernes quince (15) de julio de 2016, siendo las 9:00 a.m., oportunidad fijada por el Tribunal para que tenga lugar el inicio de la AUDIENCIA PRELIMINAR, en el presente procedimiento contentivo del cobro PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES; interpuesto por la ciudadana ISABEL MIREYA CACERES, de nacionalidad venezolana, mayor de edad de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° 5.220.341. Contra la entidad de trabajo: BIOMAST EL PASO C.A. Se anunció el acto a las puertas del Tribunal y comparecieron la ciudadana MARIBEL CHACÓN ROSALES, titular de la cedula de identidad Nº 10.629.489 y el ciudadano ARMANDO ANTONIO SOARES GOMES, titular de la cedula de identidad Nº 6.344.433, en su carácter de representantes legales de la entidad de trabajo según consta en acta constitutiva de la empresa la cual consignan en este acto; y se ordena agregar al expediente; los mismos están debidamente asistidos por el ciudadano abogado JHONNY ENRIQUE BLANCO MENZOZA, titular de la cedula de identidad Nº 6.017.215, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 68.102. Se deja constancia que la parte actora no compareció ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno a la celebración de la presente audiencia preliminar. Seguidamente la Juez, procedió a examinar el expediente a los fines de determinar que no haya habido violación del Derecho a la Defensa, de la Garantía Constitucional del Debido Proceso, de normas de Orden Público Procesal o del Principio de Irrenunciabilidad de los Derechos de Los Trabajadores, entendiendo el derecho a la defensa, la oportunidad de alegar, probar y recurrir dentro del proceso. Posteriormente procedió a confirmar la publicación de la celebración de la presente audiencia en la cartelera del Tribunal, así como en la página electrónica del Tribunal, indicando que ha sido publicada con la diligencia de un buen padre de familia, razón por la cual, por consulta en el expediente por el principio de publicidad de los actos, como por consulta en la página electrónica o de la cartelera del Tribunal, pudo perfectamente la parte actora tener conocimiento de la celebración de la presente audiencia, aunado al hecho que la misma se encuentra a derecho, no observando esta juzgadora en consecuencia que haya habido violación al derecho a la defensa, del debido proceso, de norma de orden público procesal o del principio de irrenunciabilidad de los derechos de los trabajadores, todos ellos consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, siendo que la parte demandante tuvo tiempo y oportunidad para hacerse presente en la presente audiencia. Razones por las cuales procede a dictar el dispositivo en los siguientes términos: “Este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Sede en Los Teques, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando Justicia y por autoridad de la Ley declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO por el cobro PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, interpuesto por la ciudadana ISABEL MIREYA CACERES, de nacionalidad venezolana, mayor de edad de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° 5.220.341.en fecha trece (13) de junio de 2016, contra la entidad de trabajo BIOMAST EL PASO C.A.. Publíquese y Regístrese el texto íntegro de la presente acta en los Libros y en la Página Electrónica del presente Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en Los Teques viernes quince (15) de julio de 2016, siendo las 9:00 a.m de la mañana. Se declara concluida la presente audiencia. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
INDIRA ROSA CARDOZO MATUTE
LA JUEZ
NO COMPARECIO LA ACTORA
REPRESENTANTES LEGALES DE LA ENTIDAD DE TRABAJO
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA
LA SECRETARIA
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