REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA. Los Teques, veintiocho (28) de junio de dos mil dieciséis (2016).-
206º y 157º
Por cuanto en fecha veinticuatro (24) de mayo de 2016, la Dra. LILIANA GONZÀLEZ, se reincorporo a sus labores habituales como Jueza Provisoria de este Despacho, se ABOCA al conocimiento de la presente causa. Vista la diligencia que antecede, de fecha 27 de junio de 2016, suscrita por los abogados JAIDYS CAROLINA VALBUENA y GILBERTO ANTONIO ANDREA GONZALEZ inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros 206.041 y 37.063, respectivamente, la primera en su carácter de apoderada judicial de la parte actora y el último en su condición de Apoderado judicial de la parte demandada, mediante la cual ambas partes solicitan a este Tribunal, la suspensión de la causa por espacio de 90 días continuos. El Tribunal acuerda lo peticionado, en consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el Parágrafo Segundo del artículo 202 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal SUSPENDE el presente procedimiento por un lapso de noventa (90) días continuos, contados a partir del día 27 de junio de 2016, reanudándose la presente causa en el estado en que se encuentra el 24 de septiembre de 2016, es decir, el día de despacho siguiente al vencimiento de la suspensión sin necesidad de notificación de las partes y así se resuelve.
LA JUEZ
Dra. LILIANA GONZALEZ.
LA SECRETARIA
ABG. BEYRAM DIAZ MARTINEZ
LG/BD/ec*.-
Exp. N° 20.815