REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO





JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA.

Los Teques, 15 de Junio de 2016.
205º y 157º

Vista la diligencia de fecha 14 de Junio de 2016, suscrita por el ciudadano Clemente Verdugo Cervantes titula de la cedula de identidad Nº E- 81.514.236, debidamente asistido por la Abogada Amanda Aparicio, titular de la cedula de identidad Nº 6.841.415 e inscrita en le Inpreabogado bajo el Nº 90.696parte oferida en la presente oferta real mediante la cual expone lo siguiente: “retiro conforme el cheque de Gerencia nº 15-98194811, por la cantidad de Bs 45.000 del Banco Fondo Común a nombre del ciudadano Clemente Berdugo Cervantes, por concepto de pago de prestaciones sociales”. Este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, acuerda de conformidad con lo solicitado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, aplicado analógicamente conforme a lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, homologa el acuerdo de pago, quedando a salvo el derecho de la parte oferida de reclamo de las diferencias derivadas del vínculo laboral y en consecuencia, se da por terminado el presente procedimiento y se ordena el archivo del expediente y su remisión al archivo judicial.



EDINET J. VIDES ZAPATA
LA JUEZ
NIKARY MORENO
LA SECRETARIA


Nota: en la misma fecha se cumplió con lo ordenado.


LA SECRETARIA
EXP. Nº 16-0401
EVZ /nikary*