REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
San Antonio de Los Altos, 22 de junio de 2016
206° y 157°
Recibido como ha sido el presente escrito de Solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS requerida por la ciudadana Miriam Liseth Jorge De Sa, abogada inscrita en el Inpreabogado bajo el NRO 178128, actuando en nombre propio y en representación de su padre y hermanas, así como la justificación de los testigos promovida y evacuada; este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil Declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos JOSÉ JORGE NUNES, LIGIA LISBETH JORGE DE SA, MARÍA LILIBETH JORGE DE SA y MIRIAM LISETH JORGE DE SA, todos de nacionalidad venezolana, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad NROS 14.195.211, 23.639.712, 25.579.590 y 18.910.864, en su orden, con el carácter de causahabientes, quienes son esposo e hijas respectivamente de la causante, ciudadana MIRIAM DE SA NÓBREGA, quien en vida era de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° 6.874.966 y quien falleció en fecha trece (13) de diciembre de dos mil quince (2015), tal como se desprende de Acta de Defunción Nº 147, Libro Uno (01), de fecha 15/12/2015, emitida por la Oficina de Registro Civil Policlínica Metropolitana, Municipio Baruta del Estado Miranda; todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvase a la solicitante en original todas las actuaciones que conforman la presente solicitud. Déjese copia certificada del presente Decreto y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
En cuanto a la solicitud de copias certificadas contenida en el escrito que encabeza la presente solicitud; este Tribunal la acuerda por ser procedente y ordena expedir dos (2) juegos de copias de la totalidad de las actas que conforman el expediente, de conformidad con lo establecido en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.
LA JUEZA TITULAR,
EL SECRETARIO TITULAR,
LEONORA CARRASCO HERNÁNDEZ
MAIKEL MEZONES IBÁÑEZ
Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.
EL SECRETARIO
Expediente N°: S-2016-092
LCH / MMI / jge