TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. Independencia, 30 de junio de 2016.
206° y 157°
Visto el ACUERDO CONCILIATORIO espontáneo, realizado en acta de fecha 27 de junio de 2016, suscrito entre los ciudadanos: EUDES ANTONIO LABRADOR E IDA MARIA MORENO DE LABRADOR, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-5.640.626 y V-10.176.002 respectivamente, con el carácter de abuelos maternos; y EDGAR MORENO MORENO, colombiano, mayor de edad, titular de la cédula N° 91.200.467, con el carácter de padre de la beneficiaria de autos, por REVISIÓN DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN; por cuanto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACION, de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, dándole fuerza ejecutiva. Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público competente. Regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. De conformidad con lo solicitado por el demandado, se acuerda expedir constancia. Cúmplase.
LA JUEZA TEMPORAL,
ABG. BETTY YAJAIRA VARELA MARQUEZ
LA SECRETARIA ACCIDENTAL,
ABG. LIDIA CONSUELO MENDOZA
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, se publicó siendo la (s) 10:00 a.m., quedó registrada bajo el Nº 154, se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal y boleta de notificación al Fiscal competente. Se expidió constancia.
Abg. Lidia Mendoza / Secretaria Acc.
Exp. Nº 2889/2016
BYVM/lcm.
Va sin enmienda.
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