REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
Años 205° y 157°
ASUNTO Nº SP01-L-2016-000113
PARTE DEMANDANTE: ALBA CECILIA CONTRERAS DE VANEGAS, identificada con la cédula Nro.V-10.168.681
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA:
PARTE DEMANDADA: PABLO VICENTE GOMEZ DIAZ, identificado con la cédula V-28.636.168
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: LUIS ALBERTO FERRER GUTIERREZ, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro.32.346 y JENNY CAROLINA SEPULVEDA GUERRERO, I.P.S.A. 235.888
Motivo: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día de hoy, ocho (8) de marzo de 2016, a las 9:00 de la mañana, oportunidad fijada para celebrar la audiencia preliminar se hizo presente la parte actora ciudadana ALBA CECILIA CONTRERAS DE VANEGAS, identificada con la cédula Nro.V-10.168.681, asistida por la abogada YENNY COROMOTO VARGAS RODRIGUEZ, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro.180.771, y por la parte demandada se hicieron presentes los apoderados judiciales abogados LUIS ALBERTO FERRER GUTIERREZ, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro.32.346 y JENNY CAROLINA SEPULVEDA GUERRERO, I.P.S.A. 235.888. Seguidamente las partes a los fines de hacer uso de los medios alternos de resolución de conflictos expusieron: La parte demandada en vista a los anticipos realizados oferta a la parte actora como diferencia la suma de CIENTO DIEZ MIL BOLIVARES Bs.110.00,oo pagaderos en este acto mediante cheque Nro. 3131 de la cuenta corriente Nro. 0108-0104-47-0100236465 contra el Banco Provincial. Por su lado la parte actora acepta la propuesta formulada y declara que no tiene nada más que reclamar por el objeto del presente juicio. El Tribunal visto el acuerdo realizado LO HOMOLOGA le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada de conformidad con el artículo 133 de la Ley Orgánica procesal del Trabajo. Expídase copia certificada de la presente acta. Es todo, terminó, se leyó y firman.
La Juez,
Abog. Ana Mercedes Mora Rivas
La Parte Demandante, La Parte Demandada,
La Secretaria,
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