REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDIANARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CON SEDE EN LOS TEQUES.

Expediente Nº 14-9571

Los Teques, 31 de marzo de 2016
205º y 157º

Por cuanto se observa de las actas que conforman el presente expediente, iniciadas con motivo de Separación de Cuerpos, interpuesta por los ciudadanos LYL ALBAMARINA ESCARRÁ AGUILAR y YANOSKY DAVID PARRA REVETE, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 18.809.388, y V-15.224.864 respectivamente, que en fecha 14 de marzo de 2016, este Tribunal decreto la ejecución de la sentencia dictada en fecha 12 de febrero de 2016, y por cuanto no hay mas actuaciones que realizar este Juzgado, ORDENA EL CIERRE Y ARCHIVO DEL PRESENTE EXPEDIENTE, y su remisión al Depósito de Expedientes de la División de Archivos Judiciales.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,


Abg. TERESA HERRERA ALMEIDA

LA SECRETARIA ACCIDENTAL.


MARIA BANDES DE MATAMOROS.

En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.

LA SECRETARIA ACCIDENTAL.



MARIA BANDES DE MATAMOROS.



THA/MBdM/zamaytha
Expte N° 14-9571