LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICPIOS PLAZA Y ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANA DE MIRANDA
SOLICITUD Nº 11509
Mediante escrito recibido por la Unidad de Recepción y Distribución de Documento del Circuito Judicial Civil de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de esta misma Circunscripción Judicial correspondiéndole a este Tribunal previo sorteo el conocimiento del presente auto, en fecha dos (02) de febrero del año dos mil dieciséis (2016), por la ciudadana: INES MARIA RODRIGUEZ DE BARATA, venezolana, portadora de la cédula de identidad No. V-1.733.963, asistida en este acto por el abogado en ejercicio AMBROSIO GALLARDO LOPEZ, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 33.188, solicitó sea declarada UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA del De Cujus JOSE FERNANDO BARATA RODRIGUEZ, de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil.
DICE LA SOLICITANTE QUE:
1º) En fecha 17 de septiembre de 2015, falleció en el Hospital Pérez Carreño, Parroquia el Paraiso Municipio Libertador Distrito Capital el ciudadano: JOSE FERNANDO BARATA RODRIGUEZ, quien en vida fuera portador de la cédula de identidad N° V-5.596.381.
2º) Acompaña a la solicitud copias certificadas de los siguientes documentos: acta de Defunción del ciudadano JOSE FERNANDO BARATA RODRIGUEZ, emanada de la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Agustín, Municipio Libertador, Distrito Capital de fecha 19 de septiembre de 2005, inserta bajo el N° 1181, folio 181; datos filiatorios del ciudadano JOSE FERNANDO BARATA RODRIGUEZ emanada del Departamento de Datos Filiatorios de la Dirección de Verificación y Registro de Identidad del Servicio Administrativo de Identificación Migración y Extranjería, de fecha 21 de septiembre de 2015 inserta bajo el N 7408, acta de defunción del ciudadano JOSE FERNANDO BARATA RODRIGUEZ emanada de la Parroquia el Paraíso, Municipio Libertador Distrito Capital.
El Tribunal mediante auto de fecha veintiséis (26) de febrero de dos mil dieciséis (2016), admitió la solicitud y ordenó la evacuación de los testigos.
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR
PRIMERA: Mediante Resolución Nº 2009-006, de fecha 18 de Marzo de 2009, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia y Publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha dos (02) de abril de 2009 de la República Bolivariana de Venezuela, se modificó la competencia y la cuantía de los Tribunales de Municipios, atribuyéndosele con carácter exclusivo y excluyente la competencia para hacer la declaratoria de que habla el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDA: En fecha 04 de marzo del año dos mil dieciséis (2016), se oyeron las declaraciones de los ciudadanos MEILYN MICHEAL TORRES VALE, MARY JOSEFINA VALE BOLIVAR y BEATRIZ JOSEFINA YANEZ DELGADO venezolanos portadores de las cedulas de identidad Nos. V-19.821.314, V-2.768.494 y V-8.747.588, quienes afirmaron que conocen a la solicitante, conocieron al De Cujus y le consta que la solicitante es su Única y Universal Heredera. Declaraciones estas que este Tribunal le da pleno valor, conforme lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. ASI SE DECLARA.-
TERCERA: Promueve la parte solicitante los siguientes documentos acta de Defunción del ciudadano JOSE FERNANDO BARATA RODRIGUEZ, emanada de la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Agustín, Municipio Libertador, Distrito Capital de fecha 19 de septiembre de 2005, inserta bajo el N° 1181, folio 181; datos filiatorios del ciudadano JOSE FERNANDO BARATA RODRIGUEZ emanada del Departamento de Datos Filiatorios de la Dirección de Verificación y Registro de Identidad del Servicio Administrativo de Identificación Migración y Extranjería, de fecha 21 de septiembre de 2015 inserta bajo el N 7408, mediante la cual se constata que sus padres son BARATA JOSE y RODRIGUEZ INES según partida de nacimiento N° 498 del año 1959, la cual fue expedida por la Alcaldía del Distrito Sucre del Estado Miranda, acta de defunción N° 1452, perteneciente al ciudadano JOSE BONIFACIO BARATA emanada de la Parroquia El Paraíso, Municipio Libertador Distrito Capital; Estos documentos son demostrativos del fallecimiento del De Cujus JOSE FERNANDO BARATA RODRIGUEZ y la filiación existente entre el De Cujus y la ciudadana: INES MARIA RODRIGUEZ DE BARATA, y del fallecimiento del padre JOSE BONIFACIO BARATA, por lo que se debe de decretar como única universal heredera a la solicitante INES MARIA RODRIGUEZ DE BARATA, identificada al inicio del presente decreto, y por tratarse estos de documentos públicos establecidos en el artículo 1357 del Código Civil, este Tribunal les asigna el valor probatorio que se desprende del artículo 1359 Eiusdem. ASÍ SE DECLARA.
DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA del De cujus JOSE FERNANDO BARATA RODRIGUEZ de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, a favor de la ciudadana: INES MARIA RODRIGUEZ DE BARATA, portadora de la cédula de identidad No. V-1.733.963, sin perjuicio de terceros.
PUBLIQUESE Y DEJESE COPIA DE LA PRESENTE DECISION.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda,, en Guarenas, diecisiete (17) de marzo de dos mil dieciséis (2016). Años: 205° de la Independencia y 157° de la Federación.-
LA JUEZ PROVISORIO

Abg. WENDY MARTINEZ LONGART

EL SECRETARIO.

Abg. LUIS ENRIQUE PULIDO
En fecha 17/03/2016, siendo las 09:00 A.M., se publicó la anterior sentencia.-
EL SECRETARIO.

Abg. LUIS ENRIQUE PULIDO

SOLICITUD N° 11509
WML/LEP/dennys