REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CRISTÓBAL ROJAS Y URDANETA.






EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CRISTÓBAL ROJAS Y URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA.
Charallave, 01 de marzo de 2016
205° y 157°

Con vista a la anterior diligencia de fecha 26-02-20106, suscrita por la ciudadana ARIZA PIÑANGO SIGRID MARÍA, Venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° V-12.357.138, debidamente asistida por la abogada YANURY DEL CARMEN LIENDO GUZMÁN, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 151.097, mediante la cual consigna en original los recaudos requeridos por este tribunal mediante auto dictado en fecha 26-02-2016, y por cuanto los mismos guardan relación con la presente solicitud, se ordena agregar a los autos para que surtan sus efectos legales consiguientes. En tal sentido, y en virtud de la Resolución emanada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 18 de Marzo de 2009, N° 2009-0006, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, Año XXXVI, Mes VI, de fecha dos 02 de de Abril de 2009, N° 39.152; désele entrada en el Libro de causas correspondiente. SE ADMITE cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden publico, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, se DECRETA LA SEPARACIÓN LEGAL DE CUERPOS, conforme a lo fundamentado en el escrito que antecede, y de conformidad con lo previsto en el artículo 762 del Código de Procedimiento Civil, Parágrafo Primero en concordancia con el artículo 189 y 190 del Código Civil. Se ordena la notificación de la Fiscal Décimo Cuarto del Ministerio Público, de conformidad con el artículo 196 ejusdem, anexándole copia certificada de la solicitud y del presente auto, las cuales se ordenan expedir. Cúmplase.
LA JUEZA PROVISORIA


ABG. JOANNY CARREÑO

EL SECRETARIO
ABG. FRANCISCO HIGUERA

En esta misma fecha se dio cumplimiento al auto anterior librándose boleta de notificación N° 5410-____________-C-2016.
EL SECRETARIO
ABG. FRANCISCO HIGUERA

JC/FH/kv
EXP: N° 2345-2016