TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JÁUREGUI, ANTONIO RÓMULO COSTA, SEBORUCO, JOSÉ MARÍA VARGAS Y FRANCISCO DE MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. La Grita Treinta y Uno (31) Marzo del Dos Mil Dieciséis.-
205º y 157º
Visto el acto conciliatorio celebrado en esta misma fecha, por los ciudadanos: Darley Delysmar Ramírez Contreras y Moisés Antonio Contreras Pérez, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-23.511.381 y V-23.511.554, respectivamente, domiciliada la Primera en la Vereda La Milagrosa, Casa S/N, Sector el Molino, Parte Alta, El Cobre, Municipio Dr. José María Vargas del estado Táchira y el segundo en la Urbanización Los Frailes, mas Arriba del CDI, segunda casa subiendo, El Cobre, Municipio Dr. José María Vargas del estado Táchira y civilmente hábiles, con el carácter de padres de la niña: Mariel Dayerlin Contreras Ramírez de 4 meses de nacida, quienes en presencia del ciudadano Juez el demandado de autos solicitó el derecho a palabra y expreso sus argumentos: El Padre manifestó: yo no estoy de acuerdo con lo solicitado por la madre de mi hija, en dar como obligación de manutención la cantidad de Diez mil Quinientos Bolívares (Bs. 10.000,00) mensuales, yo le que le puedo ofrecer es la cantidad de Cuatro Mil Bolívares (Bs. 4.000,00) mensuales, más el 50% de los gastos médicos y medicinas y en el mes diciembre que los gastos sean compartidos en 50% por ambos padres, así como también me comprometo a darle a la madre de la niña la leche de formula y los pañales necesarios para mi hija y que las mensualidades sean depositadas en una cuenta de Ahorros que sea abierta por el Tribunal en el Banco Bicentenario Banco Universal, a nombre de la madre de mi hija. La ciudadana: Darley Delysmar Ramírez Contreras, expreso su conformidad con lo expuesto por el padre de su hija. Este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JÁUREGUI, ANTONIO RÓMULO COSTA, SEBORUCO, JOSÉ MARÍA VARGAS Y FRANCISCO DE MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA; Decreta la Homologación del convenimiento efectuado por las partes y acuerda proceder como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada, de conformidad con lo establecido en el ARTICULO 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescentes. Líbrese oficio al Banco Bicentenario Banco Universal para la apertura de la cuenta. Se imprimen dos ejemplares de esta decisión del mismo tenor y a un solo efecto para el copiador de sentencias del Tribunal.
El Juez,
Abg. José Agustín Pérez Villamizar
El Secretario,
Abg. Pablo Alirio Pastrán Contreras
EXP. N° 0223-2016
JAPV/nd.-
Diarizado N°
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