GADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, SAN CRISTÓBAL, VEINTICUATRO (24) DE MAYO DE DOS MIL DIECISEIS (2016).
205º y 157º
Vista la diligencia, de fecha veinticinco (25) de abril 2016, suscrita por los ciudadanos JOSÉ ARISTOBULO DEL CARMEN AGUILAR MORA Y FERNANDO DE LA CRUZ AGUILAR MORA, venezolanos, portadores de la cédula de identidad N° V-5.648.261 y V-9.205.978, debidamente asistidos por la abogada DALIA YALEITZA CARRERO GONZALEZ, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-13.147.409, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 83.106, en su carácter de demandantes en el presente juicio, la cual contiene Desistimiento de la acción interpuesta, en razón de que en la presente causa no cito al demandado y no se recibió respuesta de la comisión; por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal da por consumado el acto, le imparte la HOMOLOGACIÓN de Ley, acuerda Proceder como en Sentencia pasada en Autoridad de cosa Juzgada. Asimismo se acuerda el desglose de los instrumentos anexos al libelo de la demanda que corren insertos en el presente expediente, desde el folio once (11) al ochenta y siete (87) ambos inclusive, dejando en su lugar las respectivas copias fotostáticas certificadas y entregándosele originales a la parte solicitante, una vez consigne dichas copias. Hecho lo cual, se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente.
FLOR MARIA AGUILERA ALZÚRU
JUEZ TEMPORAL
ANA RAYBETH ZAMBRANO P.
SECRETARIA TEMPORAL
mdv
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