REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA.
Los Tequies, 16 de mayo de 2016
206º y 157º
Por cuanto se observa de las actuaciones que anteceden del presente expediente, por motivo de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO VERBAL DE COMPRA-VENTA, seguido por la ciudadana MAGALY JOSEFINA ALBARRA PIRELA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-5.348.561, contra la ciudadana MARIA AUXILIADORA MORALES venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-9.099.517, que en fecha 01 de octubre de 2015, este Tribunal dictó sentencia mediante la cual se decretó la PERENCION DE LA INSTANCIA en la presente causa, quedando definitivamente firme y no teniendo este Tribunal mas actuaciones que realizar, es por lo que se ORDENA EL CIERRE Y ARCHIVO DEL PRESENTE EXPEDIENTE, y su remisión al Depósito de Expedientes de la División de Archivos Judiciales. Cúmplase.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
Abg. TERESA HERRERA ALMEIDA.
LA SECRETARIA TEMPORAL,
MARIA BÁNDES DE MATAMOROS.
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA TEMPORAL,
MARIA BÁNDES DE MATAMOROS.
THA/MBM/jcrl
Expte N° 15-9810
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