LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICPIOS PLAZA Y ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANA DE MIRANDA
SOLICITUD Nº 11554
Mediante escrito recibido por la Unidad de Recepción y Distribución de Documento del Circuito Judicial Civil de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de esta misma Circunscripción Judicial correspondiéndole a este Tribunal previo sorteo el conocimiento del presente auto, en fecha cuatro (04) de marzo del año dos mil dieciséis (2016), por los ciudadanos: BERTA MARIA MORA DE DELGADO y NELSON SUSANO DELGADO PEREZ, venezolanos, portadores de las cédulas de identidad Nos. V-3.815.941 y V-13.823.034 respectivamente, asistidos en este acto por el abogado en ejercicio AMBROSIO GALLARDO LOPEZ, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 33.188, solicitaron sean declarados UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la De Cujus SUSAN BERTA DELGADO MORA, a su favor de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil.
DICEN LOS SOLICITANTES QUE:
1º) En fecha 19 de noviembre de 2015, falleció en la Parroquia Petare, Municipio Sucre, Estado Miranda la ciudadana: SUSAN BERTA DELGADO MORA, quien en vida fuera portadora de la cédula de identidad N° V-16.972.141.
2º) Acompaña a la solicitud copias certificadas de los siguientes documentos: acta de Defunción del ciudadano SUSAN BERTA DELGADO MORA, emanada del Registro Civil, Parroquia San Pedro, Municipio Libertador, Distrito Capital de fecha 20 de noviembre de 2015, inserta bajo el N° 531, folio 031, acta de matrimonio de los ciudadanos FRANKLIN ALBERTO SANABRIA ESAA y SUSAN BERTA DELGADO MORA emanada Registro Civil del Municipio Autónomo Zamora, del Estado Bolivariano de Miranda, de fecha 13 de marzo de 2013 inserta bajo el N° 38, acta de nacimiento del ciudadano SUSAN BERTA DELGADO MORA emanada Registro Civil de la Parroquia Altagracia, Departamento Libertador Distrito Federal, de fecha 15 de junio de 1984 inserta bajo el N° 314, acta de Defunción del ciudadano FRANKLIN ALBERTO SANABRIA ESSA, emanada del Registro Civil, Municipio Libertador, Distrito Capital de fecha 27-11-2015, inserta bajo el N° 4340 folio 090.
El Tribunal mediante auto de fecha veintiocho (28) de marzo de dos mil dieciséis (2016), admitió la solicitud y ordenó la evacuación de los testigos el 14-04-2016, se insto al solicitante a consignar copias del acta de Defunción del ciudadano FRANKLIN SANABRIA y en fecha 20-04-2016 consignaron dicha acta.
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR
PRIMERA: Mediante Resolución Nº 2009-006, de fecha 18 de Marzo de 2009, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia y Publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha dos (02) de abril de 2009 de la República Bolivariana de Venezuela, se modificó la competencia y la cuantía de los Tribunales de Municipios, atribuyéndosele con carácter exclusivo y excluyente la competencia para hacer la declaratoria de que habla el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDA: En fecha 04 de abril del año dos mil dieciséis (2016), se oyeron las declaraciones de los ciudadanos JOSE GILBERTO CARPIO, LUIS ANDRES GONZALEZ BASTARDO y AYLIBETH SUYIN ZERPA SANDOVAL venezolanos portadores de las cedulas de identidad Nos. V-10.382.335, V-20.211.789 y V-12.781.177, quienes afirmaron que conocen a los solicitantes, conocieron a la De Cujus y le consta que los solicitantes son sus Únicos y Universales Herederos. Declaraciones estas que este Tribunal le da pleno valor, conforme lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. ASI SE DECLARA.-
TERCERA: Promueve la parte solicitante los siguientes documentos acta de Defunción del ciudadano SUSAN BERTA DELGADO MORA, emanada del Registro Civil, Parroquia San Pedro, Municipio Libertador, Distrito Capital de fecha 20 de noviembre de 2015, inserta bajo el N° 531, folio 031, acta de matrimonio de los ciudadanos FRANKLIN ALBERTO SANABRIA ESAA y SUSAN BERTA DELGADO MORA emanada Registro Civil del Municipio Autónomo Zamora, del Estado Bolivariano de Miranda, de fecha 13 de marzo de 2013 inserta bajo el N° 38, acta de nacimiento del ciudadano SUSAN BERTA DELGADO MORA emanada Registro Civil de la Parroquia Altagracia, Departamento Libertador Distrito Federal, de fecha 15 de junio de 1984 inserta bajo el N° 314, y acta de Defunción del ciudadano FRANKLIN ALBERTO SANABRIA ESSA, emanada del Registro Civil, Municipio Libertador, Distrito Capital de fecha 27-11-2015, inserta bajo el N° 4340, folio 090. Estos documentos son demostrativos del fallecimiento de la De Cujus SUSAN BERTA DELGADO MORA y la filiación existente entre el De Cujus y los ciudadanos: BERTA MARIA MORA DE DELGADO y NELSON SUSANO DELGADO PEREZ y el fallecimiento de FRANKLIN ALBERTO SANABRIA ESAA (esposo de la de Cujus) por tratarse estos de documentos públicos establecidos en el artículo 1357 del Código Civil, este Tribunal les asigna el valor probatorio que se desprende del artículo 1359 Eiusdem. ASÍ SE DECLARA.
DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la De cujus SUSAN BERTA DELGADO MORA de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, a favor de los ciudadanos: BERTA MARIA MORA DE DELGADO y NELSON SUSANO DELGADO PEREZ, venezolanos, portadores de las cédulas de identidad Nos. V-3.815.941 y V-13.823.034 respectivamente, sin perjuicio de terceros.
PUBLIQUESE Y DEJESE COPIA DE LA PRESENTE DECISION.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda,, en Guarenas, dos (02) de mayo de dos mil dieciséis (2016). Años: 206° de la Independencia y 157° de la Federación.-
LA JUEZ PROVISORIO

Abg. WENDY MARTINEZ LONGART

EL SECRETARIO.

Abg. LUIS ENRIQUE PULIDO
En fecha 02/05/2016, siendo las 10:00 A.M., se publicó la anterior sentencia.-
EL SECRETARIO.

Abg. LUIS ENRIQUE PULIDO

SOLICITUD N° 11554
WML/LEP/dennys