REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN,
MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CON SEDE EN GUARENAS
Años 206° y 157°



Vista la diligencia de fecha 22 de Noviembre de 2016, cursante al folio 201 del expediente, suscrita por la abogada ALESKA CRIS FIGUEROA TOVAR, en su carácter de apoderada judicial de parte actora, mediante el cual expone: “ … desisto de la demanda en contra de las personas naturales MIGUEL ÁNGEL SANDREA ROJAS, ADRIAN JOSÉ GIL MOLINA, CHRISTIAN ALEXANDER GÓMEZ y la persona jurídica INVERSIONES ARTEAGA MOLINA 2005 C.A., identificadas en autos, la presente acción esta incoada contra Sociedad Mercantil URBANIZADORA TEIDE C.A…”

Este TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CON SEDE EN GUARENAS, Administrando Justicia en nombre de República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: Imparte la correspondiente HOMOLOGACIÓN AL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, por considerarlo ajustado a derecho, teniendo el efecto de Cosa Juzgada, de conformidad con lo previsto en el Articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, en contra de los co demandados MIGUEL ÁNGEL SANDREA ROJAS C.I. Nº V.- 10.823.991; ADRIAN JOSÉ GIL MOLINA, C.I Nº V.- 13.692.085; CHRISTIAN ALEXANDER GÓMEZ, C.I. Nº V.- 16.096.004 y la persona jurídica INVERSIONES ARTEAGA MOLINA 2005 C.A , debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda en fecha 15-10-2004, bajo el Nº 69, Tomo 176-A-PRO. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.

Todo ello en el juicio que por PRESTACIONES SOCIALES incoara YOFRE JOSE SOJO PEREZ, C.I. Nº V.- 15.699.565 en contra de los co demandados MIGUEL ÁNGEL SANDREA ROJAS C.I. Nº V. 10.823.991; ADRIAN JOSÉ GIL MOLINA, C.I Nº V.- 13.692.085; CHRISTIAN ALEXANDER GÓMEZ, C.I. Nº V.- 16.096.004 y la persona jurídica INVERSIONES ARTEAGA MOLINA 2005 C.A , debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda en fecha 15-10-2004, bajo el Nº 69, Tomo 176-A-PRO. Y URBANIZADORA EL TEIDE C.A., debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda en fecha 29-06-2006, bajo el Nº 5, Tomo 1358-A.-
Dando cumplimiento a lo establecido en las disposiciones del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, se ordena dejar copia certificada de la presente sentencia en el archivo del Tribunal.

Se ordena la publicación de la presente decisión en la página WEB del Tribunal Supremo de Justicia en el site denominada Región Miranda.

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA

Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas, veinticinco (25) días del mes de noviembre del año dos mil dieciséis (2016) años: 206° y 157°.
LA JUEZ


Dra. CARMEN VIOLETA CEDRÉ TORRES.-

EL SECRETARIO

Nota: en esta misma fecha siendo las 11:00 a.m. se publico y se registro la anterior sentencia previa las formalidades de ley.
EL SECRETARIO
Expediente N° 15-6330
CVCT/JM