REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA







JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA




San Antonio de Los Altos, 24 de noviembre de 2016

206° y 157°



Vistas la solicitud y documentación presentadas por el ciudadano JUAN JOSÉ MARTINEZ LARA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de las cédula de identidad número 3.631.915, debidamente asistido por la abogada Maritza Chacón Brito, titular de la Cédula de Identidad NRO V-4.441.181, e inscrita en el Inpreabogado bajo el NRO 28.102; y evacuadas como han sido las declaraciones de las testigos presentadas por las solicitantes, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y conforme a la Resolución N° 2009-0006 emanada del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.152, de fecha 2 de abril de 2009; DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de los ciudadanos JUAN JOSÉ MARTINEZ LARA y MARISOL LIZCANO DE MARTINEZ antes identificadas; sobre las mejoras y bienhechurías realizadas en un inmueble constituida por una casa denominada Quinta Matacaro de tres (3) plantas, Planta número uno (1) con las siguientes dependencias sala , comedor, cocina, salón de hall, sala porche, sala hogar habitación de servicio. Planta número dos (2), habitación principal, tres habitaciones, un vestier y tres salas de baño, una sala de esta, sala porche, sala de estudio y Planta número de tres (3), una sala de fiesta, sala bar, sala de baño y el estacionamiento; con una superficie de construcción aproximada de trescientos catorce metros cuadrados con treinta y cuatro centímetros cuadrados (314,34 mts2). Que en la presente declaró los solicitantes haber construido sobre una parcela distinguida con el N° 48-A, situada en la urbanización La Morita, Jurisdicción del Municipio Los Salias del Estado Miranda, que les pertenece según consta en Documento debidamente autenticado el día 1 de agosto de 1997, ante la Notaría Décima Sexta del Municipio Libertador Distrito Capital, y protocolizado ante la oficina Subalterna de Registro del Municipio Los Salias, el día 21 de enero de 1999, que quedó inscrito bajo el Número 08, tomo 01, Protocolo primero; y cuyas condiciones se encuentran señaladas en el documento de parcelamiento Protocolizado ante el Registro Público del Municipio Los Salias del Estado Miranda, en fecha cinco (05) de agosto de mil novecientos setenta y uno (1.971), bajo el número 7, folio 38, tomo 8 protocolo primero, y su posterior aclaratoria protocolizada ante la misma Oficina de Registro Subalterna del Municipio Los Salias, en fecha 05 de marzo de 2015, bajo el número 40, tomo 03, folio 3, del protocolo de transcripción del año 2015. Que el referido lote de terreno tiene una superficie aproximada de SETECIENTOS SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON SESENTA CENTIMETROS CUADRADOS (775,60Mtrs2), cuyos linderos y medidas constan en autos, y se encuentra aforada por la Dirección de Catastro Municipal de la Alcaldía del Municipio Los Salias del Estado Miranda bajo el Nº 0006193.

Devuélvase a las solicitantes en original, todas las actuaciones que conforman la presente solicitud.

Déjese copia certificada del presente Decreto, y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Cúmplase.

LA JUEZA TITULAR,
EL SECRETARIO,

LEONORA CARRASCO HERNÁNDEZ

NÉSTOR PERDOMO JIMÉNEZ



Se deja constancia que en esta misma fecha se dio cumplimiento con lo ordenado anteriormente.

EL SECRETARIO

Expediente Nº: S-2016-258
LCH / NPJ / jc