TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CRISTOBAL ROJAS Y URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN CUA.
CÚA, VEINTICUATRO (24) DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECISEIS (2016).
206° Y 157°
Vistas las actuaciones que anteceden, referidas a la solicitud realizada por la ciudadana: RAMONA SOTELDO DE MORALES de sus hijos MARLENE YASMIN MORALES DE BELTRAN SORANGEL COROMOTO MORALES SOTELDO, VICTOR MANUEL MORALES SOTELDO, MARIA ELENA MORALES SOTELDO, FRANK REINALDO MORALES SOTELDO, IVAN NICOLAS MORALES SOTELDO, DARWIN ANTONIO MORALES SOTELDO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de la cedula de identidad V-2.132.683, Nº V-5.974.285, V-5.974.284, V-6.848.268, V-6.848.267 V-6.887.209 V-6.887.211 V-12-093.767 debidamente asistidos por la Abogada BEATRIZ CECILIA SANOJA FLORES, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 266.111, para que este Tribunal los declare ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO del causante que en vida respondiera al nombre de: RAMON NICOLAS MORALES, quien era venezolano, mayor de edad, y portó cédula de identidad N° V-620.650; al respecto se observa:
De las declaraciones rendidas por ante este Juzgado por los ciudadanos: GONZALEZ DE CARRASCO MARIELA, y NARVAEZ CARABALLO AQUILES ENRIQUE venezolanos, mayores de edad, y titulares de las Cédulas de Identidad N° V-2.767.066 y Nº V-13.641.839, respectivamente, los mismos son contestes al afirmar que la ciudadana: RAMONA SOTELDO DE MORALES. MARLENE YASMIN MORALES DE BELTRAN SORANGEL COROMOTO MORALES SOTELDO, VICTOR MANUEL MORALES SOTELDO, MARIA ELENA MORALES SOTELDO, FRANK REINALDO MORALES SOTELDO, IVAN NICOLAS MORALES SOTELDO, DARWIN ANTONIO MORALES SOTELDO, son los ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO del De Cujus RAMON NICOLAS MORALES, Ahora bien, por cuanto no ha habido oposición alguna al respecto, éste Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cristóbal Rojas y Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Cúa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando conforme a las atribuciones conferidas mediante la Resolución Nº 2009-006 de fecha 18-3-2009 emanada del Tribunal Supremo de Justicia debidamente publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152 de fecha 02 de abril de 2009 y en virtud a lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA estas diligencias JUSTIFICATIVO SUFICIENTE para asegurar que los ciudadanos, RAMONA SOTELDO DE MORALES. MARLENE YASMIN MORALES DE BELTRAN SORANGEL COROMOTO MORALES SOTELDO, VICTOR MANUEL MORALES SOTELDO, MARIA ELENA MORALES SOTELDO, FRANK REINALDO MORALES SOTELDO, IVAN NICOLAS MORALES SOTELDO, DARWIN ANTONIO MORALES SOTELDO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de la cedula de identidad V-2.132.683, Nº V-5.974.285, V-5.974.284, V-6.848.268, V-6.848.267 V-6.887.209 V-6.887.211 V-12-093.767, en su condición de causahabiente (ESPOSA E HIJOS), se consideren ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDERO del causante que en vida respondiera al nombre de: RAMON NICOLAS MORALES, quien era venezolano, mayor de edad, y portódor de la cédula de identidad N° V-620.650; quedando siempre a salvo los derechos de terceros. Devuélvase todo lo actuado a la parte interesada, incluyendo la solicitud la cual fue redactada por la Abogada BEATRIZ CECILIA SANOJA FLORES, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 266.111, y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Asimismo, déjese constancia en el libro diario llevado por este Tribunal.
Cúmplase.
La Juez,
Dra. Josefina Gutiérrez.
El Secretario Accidental.
Cesar Moreno
Siendo las 10:00 am, se publica la anterior.
El Secretario Accidental,
Cesar Moreno
JG/LLC/dj.-
UUH-2966-16.
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