TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. Independencia, 15 de NOVIEMBRE de 2016.
206º y 157°
Visto el ACUERDO CONCILIATORIO espontáneo, celebrado en fecha 10 de noviembre de 2016, entre los ciudadanos: YSAMAR CONSOLACIÓN VELASCO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-19.540.297 y OSCAR DAVID ZAMBRANO PEREZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-18.990.933, por OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN a favor de su hijo; por cuanto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, dándole fuerza ejecutiva. Notifíquese al Fiscal XIV del Ministerio Público competente, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. Conforme a lo solicitado, líbrese oficio al Banco Bicentenario, a los fines de que se abra la cuenta de ahorros para los depósitos de la Obligación de Manutención.
LA JUEZA TEMPORAL,
ABG. BETTY YAJAIRA VARELA MÁRQUEZ
LA SECRETARIA TEMPORAL
ABG. JANETH MOREBIA CACERES ROJAS
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, se publicó siendo la(s) 1:00 p. m., quedó registrada bajo el N° 270, se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal, se libró Boleta de Notificación y Oficio No. 3140-929.
Abg. Janeth M. Cáceres R. / Secretaria Temp.
Exp. Nº 2819/2016
BYVM/more
Va sin enmienda.
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