TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Independencia, 08 de noviembre de 2016.
206º y 157°
Por recibido expediente ECP N° 015/2016, procedente del Consejo de Protección del Niño, Niña y del Adolescente del Municipio Capacho Viejo del estado Táchira; inventaríese, désele entrada y curso de Ley correspondiente; por cuanto se observa que no es contraria a derecho, a las buenas costumbres o a disposición expresa de la Ley, se ADMITE CUANTO HA LUGAR EN DERECHO la solicitud de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN. En tal virtud, visto el ACUERDO CONCILIATORIO realizado entre los ciudadanos: MIRIAM BEATRIZ MOROS NAVARRO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-20.626.465 y domiciliada en el Tope, vía Rubio, Vereda la Hacienda casa N 4-37, cerca del comando de la guardia Nacional, Parroquia Manuel Felipe Rúgeles, Municipio Capacho Viejo, y RONALD ALEXIS PARADA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.232.178 y domiciliado en el Pueblito via Rubio, subiendo para el liceo casa N° E- 12, después de la entrada de la cancha, Municipio Capacho Viejo; por cuanto el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, dándole fuerza ejecutiva. Líbrese oficio al Consejo de Protección del Niño, Niña y del Adolescente del Municipio Capacho Viejo del estado Táchira. Líbrense boletas de notificación a las partes y al Fiscal competente. Regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. Líbrense boletas y oficio.
LA JUEZA TEMPORAL,
ABG. BETTY YAJAIRA VARELA MÁRQUEZ
LA SECRETARIA TEMPORAL,
ABG. JANETH MOREBIA CACERES ROJAS
En esta misma fecha se le dio entrada bajo el Nº 2972-2016, se libraron boletas de notificación y oficio No. 3140-918. Quedó registrada la anterior decisión bajo el N° 264, siendo la (s) 11:30.
BYVM/mr
Va sin enmienda.
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