REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA








JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA




San Antonio de Los Altos, 10 de octubre de 2016

206° y 157°




Vistas la solicitud y documentación presentadas por la ciudadana Blanca Nuris González, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad NRO 638.051, asistida por el abogado Reinaldo Rafael Chacón Sánchez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 246.798; y evacuadas como han sido las declaraciones de los testigos presentados por la solicitante, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y conforme a la Resolución N° 2009-0006 emanada del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.152, de fecha 2 de abril de 2009; DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana BLANCA NURIS GONZÁLEZ, antes identificada, sobre las mejoras y bienhechurías constituida por una casa tipo Chalet y un anexo con la siguiente distribución: Casa Tipo Chalet: Consta de dos (2) plantas, Planta Baja y Planta Alta, ambas con un área total aproximada de construcción de ciento diecisiete metros cuadrados con veintiún centímetros cuadrados (117,21 mts2) cada una; y Anexo: Consta de dos (2) plantas. Planta Baja con un área total aproximada de construcción de treinta y cuatro metros cuadrados con cincuenta y seis centímetros cuadrados (34,56 mts2), y Planta Alta con un área total aproximada de construcción de cuarenta metros cuadrados con cincuenta centímetros cuadrados (40,50 mts2); resultando un área total aproximada de construcción de TRESCIENTOS NUEVE METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y OCHO CENTÍMETROS CUADRADOS (309,48 mts2). Que en la presente declaró la solicitante haber construido sobre una parcela de terreno distinguida con el N° 85, ubicada en la Calle El Guayabal de la Urbanización Colinas de San Antonio, Jurisdicción del Municipio Los Salias del Estado Miranda, que le pertenece según consta en los siguientes documentos: Documento de Venta de fecha diecinueve (19) de diciembre de dos mil tres (2003), quedando registrado bajo la matrícula 03P01T11 N°45; Documento de Aclaratoria de fecha treinta y uno (31) de marzo de dos mil dieciséis (2016), quedando inscrito bajo el Número 19, Folio 139, Tomo 4, Protocolo de transcripción del año 2016; ambos debidamente Protocolizados ante el Registro Público del Municipio Los Salias del Estado Bolivariano de Miranda. Que la referida parcela de terreno tiene una superficie aproximada de NOVECIENTOS CUARENTA METROS CUADRADOS CON TREINTA Y UN CENTÍMETROS CUADRADOS (940,31 mts2), cuyos linderos y medidas constan en autos, y se encuentra aforado por la Dirección de Catastro Municipal de la Alcaldía del Municipio Los Salias del Estado Miranda bajo el Nº 0018462.

En cuanto al petitorio de copias certificadas contenida en el escrito de solicitud, este Juzgado lo acuerda por ser procedente; en consecuencia, ordena expedir por secretaría dos (2) juegos de copia de la totalidad de las actas que conforman el presente expediente, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, previo suministro de los fotostatos requeridos.

Devuélvase a la solicitante en original, todas las actuaciones que conforman la presente solicitud.

Déjese copia certificada del presente Decreto, y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Cúmplase.

LA JUEZA TITULAR,
EL SECRETARIO,

LEONORA CARRASCO HERNÁNDEZ
NÉSTOR PERDOMO JIMÉNEZ




Se deja constancia que en esta misma fecha se dio cumplimiento con lo ordenado anteriormente.
EL SECRETARIO





Expediente Nº: S-2016-195
LCH / NPJ / jge