REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
San Antonio de Los Altos, 14 de octubre de 2016
206° y 157°
Vista la solicitud y documentación presentados por el ciudadano GERARDO GONZÁLEZ PÉREZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad NRO 11.040.119, asistido por la abogada Yelitze Martínez, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 33.864, y evacuadas como han sido las declaraciones de los testigos presentados por los solicitantes; este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y conforme a la Resolución N° 2009-0006 emanada del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.152, de fecha 2 de abril de 2009; DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano GERARDO GONZÁLEZ PÉREZ, antes identificado, sobre las mejoras y bienhechurías constituidas por galpón, con un área total de construcción de aproximadamente NOVECIENTOS SETENTA Y TRES METROS CON CUADRADOS (973,00 Mtrs2). Que en la presente declara el solicitante haber construido sobre un inmueble constituido por una parcela de terreno, ubicada dentro de la finca “EL SITIO”, San Antonio de Los Altos, Jurisdicción del Municipio Los Salias del estado Bolivariano de Miranda, que le pertenece según consta de Documento de Propiedad debidamente autenticado ante la Notaria Pública del Municipio Los Salías del Estado Miranda, en fecha veintiséis (26) de julio de dos mil trece (2013), quedando inscrito bajo el Número 35, Tomo N° 184 y Registrado por ante la Oficina de Registro del Municipio Los Salias, en fecha 7 de agosto del año 2013, anotado bajo e número2010.301, matrícula 232.13.13.1.1657, folio real 2010, asiento registral 2 y posteriormente realizada Aclaratoria de linderos ante el Registro Público del Municipio Los Salias, en fecha 25 de diciembre de 2015, quedando inserto bajo el número 2010.301, asiento real 3 del inmueble matriculado con el número 232.13.13.1.1657, folio real 2010, Que el referido lote de terreno tiene una superficie aproximada de MIL CIENTO DIECINUEVE METROS CUADRADOS CON SETENTA Y CINCO CENTIMETROS CUADRADOS (1.119,75 mts2), cuyos linderos y medidas constan en autos, y se encuentra aforado por la Dirección de Catastro Municipal de la Alcaldía del Municipio Los Salias del estado Miranda bajo el Nº 0003369. Asimismo, éste Tribunal, hace la salvedad que el presente Título se declara sólo sobre las bienhechurías identificadas en el escrito de solicitud, dejándose expresa constancia que los derechos del solicitante por medio de ésta actuación judicial, no generan en modo alguno, derechos sobre la totalidad del terreno en el cual han sido construidas, sino sólo en el área de terreno identificada en el documento autenticado en la notaria antes identificada, y que el presente Título no convalida cualquier tipo de violación a la Ley, decreto u ordenanza en la cual haya podido incurrir la solicitante al haber construido las bienhechurías descritas en la solicitud
Devuélvase al solicitante en original, todas las actuaciones que conforman la presente solicitud.
Déjese copia certificada del presente Decreto, y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
LA JUEZA TITULAR,
EL SECRETARIO
LEONORA CARRASCO HERNÁNDEZ
NÉSTOR PERDOMO J.
Se deja constancia que en esta misma fecha se dio cumplimiento con lo ordenado anteriormente.
EL SECRETARIO
Expediente Nº: S-2016-191
LCH / NPJ /jc.