REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LANDER DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA.
Ocumare del Tuy, 31 de octubre de 2016
206° y 157°

Vista la anterior diligencia suscrita en fecha 27 de octubre de 2016, por la abogada en ejercicio DALIA GONZALEZ MATA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 186.083, quien actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana BLANCA PATIÑO, procedió a desistir de la presente solicitud de titulo supletorio, motivo por el cual, este tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN, en los mismos términos como quedó expuesto. En cuanto a la solicitud de devolución de los documentos consignados, cursante a los folios N° (05 al 13), se acuerda la devolución de los mismos, dejando en su lugar copia debidamente certificada. Originales y copias certificadas que recibirá la solicitante mediante diligencia que estampará en señal de recibo. Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, una vez sean retirados los mismos, se declara terminada, así como el cierre y su remisión al archivo judicial de la presente solicitud. Es todo.
LA JUEZA

Abg. NANCY ORTIZ MALAVÉ


EL SECRETARIO

Abg. KENYS GUILLERMO VILLALTA






N° S-0434-16- TSM
NOM/KGV