REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL MUNICIPIO LANDER DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DELESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Ocumare del Tuy, 07 de Octubre de 2016
206° y 157°

ASUNTO: S-0432-16-TSM
SOLICITANTE: YENIS YELITZA PEDRON DE FERREIRA, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.302.093, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 251.692, actuando en su propio nombre y representación.
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO

Se inicia la presente solicitud mediante escrito presentado en fecha 04/10/2016, por la ciudadana YENIS YELITZA PEDRON DE FERREIRA, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.302.093, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 251.692, actuando en su propio nombre y representación, por ante este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Lander de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, en función de Distribuidor, siendo asignada a este Tribunal previo sorteo de Ley.
Alegó que ha construido a sus solas y única expensas con dinero de su propio peculio, unas Bienechurias en un lote de terreno propiedad de Terceros, ubicado en San Basilio, La Providencia, Calle Principal La Trilla, casa Nro. 55-1, Ocumare del Tuy, municipio Tomás Lander, estado Bolivariano de Miranda, cuyos linderos y medidas consta en el escrito de solicitud; por lo que, solicitó sea expedido Título Supletorio de conformidad con los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil. Así como, sean interrogados los testigos que oportunamente presentaría sobre los particulares descritos en la solicitud.
En fecha 05 de Octubre de 2016, se dictó auto en el cual, se admitió la presente solicitud de Título Supletorio, instando que las declaraciones testimoniales fueran evacuadas una vez sean presentados.
En fecha Siete (07) de Octubre de Dos Mil Dieciséis tuvo lugar las declaraciones testimoniales de los ciudadanos MARITZA PIÑERO y NELSON ALEJANDRO PARRA, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.825.431 y V-3.334.753, respectivamente.
Ahora bien, en atención a los recaudos consignados, así como las declaraciones testimoniales de los ciudadanos identificados Ut Supra, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Lander de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con la Resolución N° 2009-0006 de fecha 18-03-2009 emanada por el Tribunal Supremo de Justicia, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana YENIS YELITZA PEDRON DE FERREIRA, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.302.093. Dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros.
Devuélvase originales con sus resultas. Asimismo, expídase por Secretaría copia certificada de la presente Solicitud a los fines de su archivo en este Juzgado, de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del municipio Lander del estado Bolivariano de Miranda. En Ocumare del Tuy, a los Siete (07) días del mes de Octubre del año Dos Mil Dieciséis (2016). Años: 206º de la Independencia y 157° de la Federación
LA JUEZA,

Abg. NANCY ORTIZ MALAVÉ
EL SECRETARIO

Abg. KENYS GUILLERMO VILLALTA

En la misma fecha se publicó y registró la anterior decisión, previo el cumplimiento de las formalidades de Ley.
EL SECRETARIO

Abg. KENYS GUILLERMO VILLALTA

N° S-0432-16- TSM
NOM/KGV/Rey