LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICPIOS PLAZA Y ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANA DE MIRANDA
SOLICITUD Nº 11710
Mediante escrito recibido por la Unidad de Recepción y Distribución de Documento del Circuito Judicial Civil de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de esta misma Circunscripción Judicial correspondiéndole a este Tribunal previo sorteo el conocimiento del presente auto, en fecha doce (12) de julio del año dos mil dieciséis (2016), por el ciudadano ANGEL JOSE RODRIGUEZ ZAMBRANO, portador de la cedula de identidad N° V-18.557.154 de profesión Docente, apoderado de la sucesión de la sucesión JORGE OSCAR ZAMBRANO ROJAS, según consta en documento debidamente autenticado en fecha 08 de julio del 2016, ante la Notaria Publica del Municipio Autónomo Plaza Guarenas, Estado Miranda bajo el N° 20, tomo 158, folio 75 hasta 78, Rif J-407866141, asistido por la abogada BERENICE VASQUEZ GARCIA, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 247.059, solicitó sean declarados UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus JORGE OSCAR ZAMBRANO ROJAS, a favor de los ciudadanos ANDREA PORFIRIA ROJAS DE ZAMBRANO Y TEOFILO ZAMBRANO, portadores de las cédulas de identidad Nos. V-5.009.333 y V-1.850.797 respectivamente, de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil.
DICE EL SOLICITANTE QUE:
1º) En fecha 20 de febrero de 2016, falleció en Barrio 29 de Julio via Publica Parroquia Guarenas Municipio Ambrosio Plaza Estado Bolivariano de Miranda el ciudadano: JORGE OSCAR ZAMBRANO ROJAS, quien en vida fuera portador de la cédula de identidad N° V-6.193.344.
2º) Acompaña a la solicitud copias certificadas de los siguientes documentos: acta de Defunción del ciudadano JORGE OSCAR ZAMBRANO ROJAS, emanada del Registro Civil del Municipio Ambrosio Plaza del Estado Bolivariano de Miranda de fecha 22 de febrero de 2016, inserta bajo el N° 142, folio 142, acta de nacimiento del ciudadan JORGE OSCAR ZAMBRANO ROJAS emanada del Registro Civil de la Parroquia San Juan Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital de fecha 03 de noviembre de 1975.
En fecha 18 de julio del (2016) el Tribunal le dio entrada a la solicitud, en fecha 19 de julio del 2016 consignaron recaudos y el 22-07-2016, se insto al solicitante a consignar la copia certificada del Acta de Nacimiento del ciudadano JORGE OSCAR ZAMBRANO ROJAS, consignados el 19-09-2016 y en fecha 03 de octubre del 2016 el tribunal admitió la solicitud y fija oportunidad para la evacuación de los testigos.
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR
PRIMERA: Mediante Resolución Nº 2009-006, de fecha 18 de Marzo de 2009, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia y Publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha dos (02) de abril de 2009 de la República Bolivariana de Venezuela, se modificó la competencia y la cuantía de los Tribunales de Municipios, atribuyéndosele con carácter exclusivo y excluyente la competencia para hacer la declaratoria de que habla el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDA: En fecha 04 de octubre del año dos mil dieciséis (2016), se oyeron las declaraciones de los ciudadanos MARIA DEL CARMEN GONZALEZ DE NASCIMIENTO, YELSIDEZ ROMELY BORDONEZ ALVAREZ y DIANA LISBETH COLMENARES VIVAS venezolanos portadores de las cedulas de identidad Nos. V-6.645.086, V-13.320.353 y V- 11.195.239, quienes afirmaron que conocen a los herederos, conocieron al De Cujus y que sus padres son sus Únicos y Universales Herederos. Declaraciones estas que este Tribunal le da pleno valor, conforme lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. ASI SE DECLARA.-
TERCERA: Promueve la parte solicitante los siguientes documentos acta de Defunción del ciudadano JORGE OSCAR ZAMBRANO ROJAS, emanada del Registro Civil del Municipio Ambrosio Plaza del Estado Bolivariano de Miranda de fecha 22 de febrero de 2016, inserta bajo el N° 142, folio 142, acta de nacimiento de la ciudadana JORGE OSCAR ZAMBRANO ROJAS emanada del Registro Civil de la Parroquia San Juan Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital de fecha 03 de noviembre de 1975 inserta bajo el N° 173, cuyos datos da por reproducido este Tribunal. Estos documentos son demostrativos del fallecimiento del De Cujus JORGE OSCAR ZAMBRANO ROJAS y la filiación existente entre el De Cujus y los ciudadanos: ANDREA PORFIRIA ROJAS DE ZAMBRANO Y TEOFILO ZAMBRANO por tratarse estos de documentos públicos establecidos en el artículo 1357 del Código Civil, este Tribunal les asigna el valor probatorio que se desprende del artículo 1359 Eiusdem. ASÍ SE DECLARA.
DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De cujus JORGE OSCAR ZAMBRANO ROJAS de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, a favor de los ciudadanos ANDREA PORFIRIA ROJAS DE ZAMBRANO Y TEOFILO ZAMBRANO, portadores de las cédulas de identidad Nos. V-5.009.333 y V-1.850.797 respectivamente, sin perjuicio de terceros.
PUBLIQUESE Y DEJESE COPIA DE LA PRESENTE DECISION.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda,, en Guarenas, seis (06) de octubre de dos mil dieciséis (2016). Años: 206° de la Independencia y 157° de la Federación.-
LA JUEZ PROVISORIO

Abg. WENDY MARTINEZ LONGART


LA SECRETARIA ACC.

Abg. MARY QUILARQUE
En fecha 06/10/2016, siendo las 09:00 A.M., se publicó la anterior sentencia.-
LA SECRETARIA ACC.

Abg. MARY QUILARQUE

SOLICITUD N° 11710
WML/MQ/dennys