REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JAUREGUI, SEBORUCO, ANTONIO ROMULO COSTA, JOSE MARIA VARGAS Y FRANCISCO DE MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. La Grita, Veintitrés (23) de Septiembre de Dos Mil Dieciséis.
206° y 157°
EXP. Nº 0240-2016.-
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
Parte Demandante: Orleidy Estefany Méndez García, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-24.784.586, domiciliada en la Aldea Santa Ana del Valle, Sector Llano Elvira, Municipio Jáuregui del estado Táchira y civilmente hábil.
Parte Demandada: José David Moreno Dávila, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-18.018.316, con domiciliado en la Calle 3, metros arriba del restaurante “EL Portón”, La Grita, Municipio Jáuregui del estado Táchira y hábil.
Motivo de la causa: Instituciones Familiares (Fijación de Obligación de Manutención)
SENTENCIA: Interlocutoria con Fuerza de Definitiva.
DE LA DEMANDA
En fecha 23 de Septiembre del 2016, compareció espontáneamente por ante este Tribunal la ciudadana: Orleidy Estefany Méndez García, quien suscribió una diligencia en la cual expresa lo siguiente: “Desisto de la acción y del procedimiento a que se contrae este expediente y pido se de por terminado y sea archivado, es todo”.
En consecuencia, visto el DESISTIMIENTO expresado por la parte demandante, este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACIÓN, y se procederá como sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Imprímanse dos ejemplares del mismo tenor a un solo efecto de la presente Sentencia Interlocutoria con Fuerza de Definitiva para el archivo de este Tribunal. Así se decide.-
El Juez
Abg. José Agustín Pérez Villamizar.
El Secretario,
Abg. Pablo Alirio Pastrán Contreras
JAPV/nd.
Diarizado N°
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