REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
Los Teques,
207° y 158°
De una revisión de las actas que conforman el presente expediente, este Tribunal observa que, en fecha 19 de Enero del año 2016, se recibió proveniente del Juzgado Distribuidor de Causas, el presente expediente con motivo por demanda de DIVORCIO, planteado por la abogada ZAIMAR COROMOTO MONASCAL VELASQUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro 148.123 en su carácter de apoderada judicial del ciudadano MARCO ANTONIO BORJAS SCIACCHITANO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro V-13.585.921, evidenciándose que desde la fecha 19 de enero del año 2016, no ha sido impulsada la continuación de la misma, transcurriendo a la fecha más de un (1) años de absoluta inactividad, lapso que resulta suficiente para presumir que el accionante no tiene interés en impulsarla, situación que afecta, sin duda, la normal prestación de los servicios judiciales, pues una vez que se plantea una solicitud los órganos jurisdiccionales deben avocarse a sustanciarlo, lo que implica una inversión de tiempo, tanto por parte de los funcionarios adscritos al Tribunal como por la Juez, quienes conocen de numerosos asuntos que también se tramitan a diario.
En vista de la inactividad observada en la demanda que da origen a esta actuación, este Tribunal debe concluir que se ha verificado un ABANDONO DEL TRÁMITE, por lo que en ejercicio de las atribuciones que le confiere la ley y la doctrina sentada por nuestro máximo Tribunal, se declara terminado el procedimiento, por falta del debido impulso procesal y consecuentemente, se ordena la remisión del mismo a la Oficina de Archivo Judicial.
LA JUEZA TITULAR
ELSY MADRIZ QUIROZ
LA SECRETARIA ACC
YOLANDA RODRIGUEZ
EMQ/Yamilette
Exp. N° 30.878
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