REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LANDER DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Ocumare del Tuy, 28 de abril de 2017
207° y 158°
ASUNTO: S-0547-17-TSM
SOLICITANTE: INES MARIA CORTEZ PIÑANGO, titular de la cédula de identidad N° V-4.285.573.
ABOGADA ASISTENTE: NAYLETH GARCIA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 75.306.
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO
Se inicia la presente solicitud mediante escrito presentado en fecha 20/04/2017, por la ciudadana INES MARIA CORTEZ PIÑANGO, titular de la cédula de identidad N° V-4.285.573, debidamente asistida por la Abogada NAYLETH GARCIA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 75.306, por ante el Juzgado distribuidor, siendo asignada a este Tribunal previo sorteo de Ley.
Alegó que construyó unas bienhechurias sobre un terreno de propiedad Municipal, ubicado en Barrio Chaparral, calle Falcón, casa N° 16, Ocumare del Tuy, municipio Tomás Lander, estado Bolivariano de Miranda, cuyos linderos y medidas consta en el escrito que encabeza las presentes actuaciones, y a los fines que le interesa, solicitó sean declarados los testigos que oportunamente presentarían sobre los particulares descritos en la solicitud, y le sea expedido título supletorio de conformidad con los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil.
En fecha 20 de abril de 2017, se dictó auto en el cual se dio entrada a la presente solicitud.
Previa consignación de los recaudos en fecha 25/04/2017, este tribunal mediante auto dictado en fecha 27-04-2017, procedió a la admisión la presente solicitud de título supletorio, instando a la solicitante a presentar a los testigos a los fines de su evacuación.
En fecha (28) de abril de dos mil diecisiete, según consta en actas levantadas, tuvo lugar las declaraciones testimoniales de las ciudadanas OLGA CASTILLO ARCIA Y ROSA AMELIA SALINAS MOSQUERA, Venezolanas, titulares de las cédula de identidad N° V-5.402.101 Y V-4.845.224, respectivamente.
Ahora bien, en atención a los recaudos consignados, así como las declaraciones testimoniales de los ciudadanos identificados Ut Supra, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Lander de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con la Resolución N° 2009-0006, de fecha 18-03-2009, emanada por el Tribunal Supremo de Justicia, DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de la ciudadana INES MARIA CORTEZ PIÑANGO, titular de la cédula de identidad N° V-4.285.573, sobre unas bienhechurías construidas en un lote de terreno ubicado Barrio Chaparral, calle Falcón, casa N° 16, Ocumare del Tuy, municipio Tomás Lander, estado Bolivariano de Miranda, con un área de construcción de DOSCIENTOS TRES METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y SEIS DECIMETROS CUADRADOS (203,86 mts2). Las mismas se encuentran edificadas en un lote de terreno de CIENTO UN METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y TRES DECIMETROS CUADRADOS (101,93 MTS2), cuyo terreno es de propiedad Municipal, encontrándose alinderado tal y como aparece reflejado a los folios N° 07 y 08, en la presente solicitud. Dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros.
Devuélvase originales con sus resultas a la solicitante. Asimismo, expídase por Secretaría copia certificada de la presente solicitud a los fines de su archivo en este Juzgado, de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del municipio Lander del estado Bolivariano de Miranda. En Ocumare del Tuy, a los (28) días del mes de abril del año dos mil diecisiete (2017). Años: 207º de la Independencia y 158° de la Federación
LA JUEZA
Abg. NANCY ORTIZ MALAVÉ
EL SECRETARIO
Abg. KENYS GUILLERMO VILLALTA
En la misma fecha se publicó y registró la anterior decisión, previo el cumplimiento de las formalidades de Ley.
EL SECRETARIO
Abg. KENYS GUILLERMO VILLALTA
N° S-0547-17- TSM
NOM/KGV
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