REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA.
Los Teques, 10 de agosto de 2017.
207º y 158º
Vistas las actuaciones que anteceden, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho conforme con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con la Resolución Nº-2009-0006 emanada del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 18 de Marzo de 2009, y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152 el día 02 de Abril de 2009, declara dichas actuaciones JUSTIFICATIVO SUFICIENTE para asegurar que los ciudadanos: NILDA JOSEFINA OROPEZA RAMIREZ, NANCY ELPIDIA OROPEZA RAMIREZ, OLGA TERESA OROPEZA RAMIREZ, JOSE GREGORIO OROPEZA RAMIREZ, XIOMARA MARGARITA OROPEZA RAMIREZ, IRENE MIREYA OROPEZA DE ESCALONA, ALIDA RAQUEL OROPEZA RAMIREZ y CARLOS RAFAEL RAMIREZ, los ciudadanos JEANNETH MARIBEL RAMIREZ DE PIÑERO, JUDITH MARGARITA RAMIREZ FIAYO y RIXSE JOSE RAMIREZ FIALLO, hijo del hoy fallecido JOSE SIMON RAMIREZ, y los ciudadanos JESICA MARIA OROPEZA ADRIAN, RINA ANDREINA OROPEZA ADRIAN, ANTHONY RAMON OROPEZA ADRIAN y YORDANO JOSE OROPEZA ADRIAN, hijos del hoy fallecido RAMON ANTONIO OROPEZA RAMIREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 6.871.771, 5.455.341, 4.057.226, 6.872.270, 6.456.733, 4.056.354, 5.450.450, 625.084, 8.684.548, 10.434.526, 10.278.604, 19.015.063, 17.743.024, 17.742.694 Y 19.015.064 respectivamente, en su condición de causahabiente hijo e nietos son los ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la causante MARIANA RAMIREZ DE OROPEZA, quien era venezolana y titular de la cédula de identidad Nº 61.588. Expídase por Secretaria copias certificadas de todas las actuaciones que conforman la presente solicitud, para ser entregadas a la parte solicitante, de conformidad con lo establecido en al artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase a la parte solicitante en original, todas las actuaciones que conforman el presente expediente, constante sesenta y siete (67) folios útiles. Déjese constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
Dra. TERESA HERRERA ALMEIDA.
LA SECRETARIA
Abg. HILDA JOSEFINA NAVARRO REVETE.
THA/HJNR/tb
Solicitud N° 2017-3382
|