REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

EXPEDIENTE Nº: S-4126-17

SOLICITANTE: LISKA DAYVICMEL MORENO HUERTA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-15.518.278

ABOGADO FELIX BORGES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº33.229.

MOTIVO: DECRETO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.

Se inicia el presente procedimiento en virtud del escrito de solicitud, presentado en fecha 03 de julio del 2017, ante el sistema de distribución de Solicitudes, presentada por la ciudadana LISKA DAYVICMEL MORENO HUERTA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-15.518.278, con motivo de la solicitud de Justificativo de Testigos Sobre Únicos y Universales Herederos.
En fecha 04 de julio del 2017, se le dio entrada y anotación en el Libro de Solicitudes llevados por este Despacho, bajo el Nº S-4126-17.
Ahora bien, consignados como han sido los requisitos necesarios, y analizados cada uno de estos instrumentos legales que acompañan la presente solicitud, así como las declaraciones de los testigos presentados, cursantes al folio 19 y su respectivo vto., este Tribunal los valora favorablemente, pues merecen fe pública, por cuanto han sido contestes en sus testimonios.
En consecuencia, este Juzgado sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, actuando conforme a lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con la Resolución Nº 2009-006, emanada del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 18 de Marzo de 2009, y publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.152, el día 2 de Abril de 2009, DECRETA dichas actuaciones JUSTIFICATIVO SUFICIENTE para asegurar que la ciudadana LISKA DAYVICMEL MORENO HUERTA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V- V-15.518.278, es el ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO de la de cujus ANA LUISA HUERTA DE MORENO, quien falleció en fecha 30 de mayo del 2017, según consta de copia certificada del Acta de Defunción Nro. 741, de fecha 30 de mayo del 2017, expedida por el Registro Civil y Electoral del Municipio Guicaipuro del Estado Miranda. Devuélvanse a la parte solicitante las presentes actuaciones, original con sus resultas, así como las copias certificadas solicitadas, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual fue redactada por el abogado FELIX BORGES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº33.229. Expídase copia certificada de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE CONSTANCIA.
Dada, firmada y sellada en la Sala del despacho del Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, en Carrizal, a los catorce (14) días del mes de agosto del 2017. Años 206° y 157°
La Jueza


Dra. Carmen Luisa Salazar Bravo
La Secretaria Titular,


Abg. Jhoanny Herrera.
En esta misma fecha, se dio cumplimiento con lo ordenado.
La Secretaria Titular,


Abg. Jhoanny Herrera.









CLSB/JH.-
davila/ S-4126-17.-