REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

EXPEDIENTE Nº: S-4152-17
SOLICITANTE: EDDY COROMOTO DELFIN GRATEROL, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-12.332.372, asistida por la abogada en ejercicio SHELLEY GIRÓN, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 63.043, funcionaria adscrita al servicio de la Consultoria Juridica de la Alcaldia del Municipio Carrizal del estado Bolivariano de Miranda.

MOTIVO: DECRETO DE TITULO SUPLETORIO.

Se inicia el presente procedimiento en virtud del escrito de solicitud, presentado en fecha 18 de julio del 2017, ante el sistema de distribución de Solicitudes, presentado por la ciudadana EDDY COROMOTO DELFIN GRATEROL, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-12.332.372, asistida por la abogada en ejercicio SHELLEY GIRÓN, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 63.043, funcionaria adscrita al servicio de la Consultoria Juridica de la Alcaldia del Municipio Carrizal del estado Bolivariano de Miranda, con motivo de la solicitud de Título Supletorio de Propiedad.

En fecha 18 de julio del 2017, se le dio entrada y anotación en el Libro de Solicitudes llevados por este Despacho, bajo el Nº S-4152-17.

Ahora bien, consignados como han sido los requisitos necesarios, y analizados cada uno de estos instrumentos legales que acompañan la presente solicitud, asi como las declaraciones de los testigos presentados, cursantes al folio 08 y su respectivo vto, este Tribunal, los valora favorablemente pues merecen fe pública, por cuanto han sido contestes en sus testimonios.

En consecuencia, este Juzgado sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, actuando conforme a lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con la Resolucion Nº 2009-006, emanada del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 18 de Marzo de 2009, y publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.152, el dia 2 de Abril de 2009, DECRETA dichas actuaciones TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de la ciudadana EDDY COROMOTO DELFIN GRATEROL, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-12.332.372, sobre unas bienhechurías construidas sobre un Lote de Terreno, de nuestra propiedad, que tiene una superficie de CIEN METROS CUADRADOS (100,00 M2); ubicado en: Sector Lomas de Urquia, Vereda Bertha Mujica, casa S/N, Municipio Carrizal del Estado Bolivariano de Miranda, dichas bienhechurías tienen un área de construcción aproximada de SESENTA Y SEIS METROS CON TREINTA Y UN CENTIMETROS CUADRADOS (66,31 M2), cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud. la cual fue redactada por la abogada SHELLEY GIRÓN, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 63.043, funcionaria adscrita al servicio de la Consultoria Juridica de la Alcaldia del Municipio Carrizal del estado Bolivariano de Miranda. Este Juzgado deja expresa constancia que desde el folio 06 al folio 18 ambos, cursaron los siguientes recaudos: a) Documento de propiedad, debidamente registrado bajo el Nº 2017-677, Asiento Registral AR1, Matricula 229-13-17-1-4250 de fecha 21 de junio del 2017; b) Constancia Catastral de fecha 23 de junio del 2017, cuenta Nº 69309; c) Levantamiento Topografico; d) Copia de la cédula de identidad de los testigos; e) Certificado de Solvencia Nº 72.206; Todos los cuales se ordenan desglosar en este mismo auto, y como quiera que dicho desglose alteró la foliatura de los que fueran los folios 19 ahora folio 07, se ordena salvar los mismos, de conformidad con lo establecido en el artículo 109 del Código de Procedimiento Civil. Haciendo la salvedad que pudiera haber alteración en los sellos, en virtud de dicho desglose. Expídase por secretaria copia certificada de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, y devuélvanse a la parte promovente las presentes actuaciones incluyendo la solicitud que encabeza las mismas en original con sus resultas, constante de nueve (09) folios útiles, previa constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal.

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE CONSTANCIA
Dada, firmada y sellada en la Sala del despacho del Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, en Carrizal, a los dos (02) días del mes de agosto del 2017. Años 207° y 158°
La Jueza,



Dra. Carmen Luisa Salazar Bravo
La Secretaria Titular,



Abg. Jhoanny Herrera.
En esta misma fecha, se dio cumplimiento con lo ordenado. La Secretaria Titular,



Abg. Jhoanny Herrera.


CLSB/JH.-*
maira/ S-4152-17.-