REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO LABORAL
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO
BOLIVARIANO DE MIRANDA.
Los Teques, 15 de diciembre de 2017.
207º y 158º
De la revisión de las actas procesales se evidencia que en fecha 29 de noviembre de 2017, se dictó auto mediante el cual se dio por recibida la presente causa por la apelación interpuesta por la abogada NATALIA CASTRO LEDEZMA, actuando en su carácter de apoderada judicial del tercero interesado, entidad de trabajo TRAKI SCM PLUS, C.A., otorgándole el lapso de diez (10) días de despacho a la parte apelante, a los fines de su fundamentación, de conformidad con lo establecido en el artículo 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Ahora bien, se evidencia que a partir de la fecha en que se dictó dicho auto, hasta el día de hoy, ambos exclusive, han transcurrido diez (10) días de despacho, discriminados de la siguiente manera: jueves treinta (30) de noviembre de 2017, viernes uno (01), lunes cuatro (04), martes cinco (05), miércoles seis (06), jueves siete (07), viernes ocho (08), martes doce (12), miércoles trece (13) y jueves catorce (14) de diciembre de 2017, sin que conste en autos la respectiva fundamentación de la apelación en dicho lapso, en este sentido este Juzgado debe forzosamente aplicar la consecuencia jurídica prevista en el artículo 92 ibidem y declara el DESISTIMIENTO de la apelación interpuesta por la abogada NATALIA CASTRO LEDEZMA, contra la sentencia definitiva de fecha 16 de octubre de 2017, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de La Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede Los Teques.-
ADOLFO HAMDAN GONZÁLEZ
EL JUEZ SUPERIOR
JAHINY E. GUEVARA VILLANUEVA
LA SECRETARIA
EXP: 17-2647
AHG/JGV/JG