REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA.



Los Teques, 19 de diciembre de 2017
207º y 158º


Por cuanto se observa de las actuaciones que anteceden, de la presente solicitud de DIVORCIO 185-A, signado con el Nº 17-10058, presentado por los ciudadanos YOLANDA NIÑO HERNANDEZ y JOSE GREGORIO ORTIZ CORRALES, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de la cédula de identidad Nro. V- 14.850.191 y V-16.591.794, que en fecha 07 de diciembre de 2017, se declaró INADMISIBLE la presente solicitud, en tal virtud, no teniendo este Tribunal mas actuaciones que realizar, se ORDENA EL CIERRE Y ARCHIVO DEL PRESENTE EXPEDIENTE, y su remisión al Depósito de Expedientes de la División de Archivos Judiciales. Cúmplase.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,


Abg. TERESA HERRERA ALMEIDA.

LA SECRETARIA TEMPORAL,


Abg. DAMELIS FIGUERA.


En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.


LA SECRETARIA TEMPORAL,


Abg. DAMELIS FIGUERA.



THA/DAF/jcrl
Expte N° 17-10058