REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

Los Teques, 19 de diciembre del año 2017
207º y 158º

De una revisión de las actas procesales que conforman el presente expediente, que por DIVORCIO 185-A, presentada por los ciudadanos LUIS LING XUE TIE e ISAMIL DEL VALLE VILLARROEL de XUE, cónyuges, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-18.355.330 y V-21.468.699 respectivamente, este Tribunal evidencia que en fecha 12 de diciembre de 2017, se dictó auto, mediante el cual se declara inadmisible la solicitud que da inicio a las presentes actuaciones, en consecuencia, este Tribunal ordena el CIERRE y ARCHIVO de este expediente. Remítase al Depósito de Expedientes de la División de Archivos Judiciales del Estado Bolivariano de Miranda. Cúmplase.

LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,


Abg. TERESA HERRERA ALMEIDA.







LA SECRETARIA TEMPORAL,

Abg. DAMELIS FIGUERA ALBARRAN.

En esta misma fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.

LA SECRETARIA TEMPORAL,













THA/DFA/Deivyd
Exp. Nº 17-10075