REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA.
Los Teques, 19 de Diciembre de 2017.
207º y 158º
Evacuadas como han sido las presentes actuaciones que conforman la Solicitud de Justificativo de Testigos, presentada por la ciudadana BELGGY LORENA LUCENA ZAMBRANO, mayor de edad, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 15.821.137, asistida por el abogado CARLOS MACHADO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 203.378, a los fines de dejar constancia sobre unas bienhechurías y posesión de un terreno ubicado en Lagunetica, Calle los Nísperos, Kilometro 8, Carretera Agua Fría, casa Nº 02, Los Teques, Estado Miranda. Expídase por Secretaría copias certificadas de todas las actuaciones que conforman la presente solicitud, para ser entregadas a la parte solicitante, de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Se devuelve las presentes actuaciones a la parte interesada, constante de once (11) folios.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
Dra. TERESA HERRERA ALMEIDA.
LA SECRETARIA TEMPORAL,
Abg. DAMELIS FIGUERA.
En esta misma fecha se devuelve las presentes actuaciones.
LA SECRETARIA TEMPORAL,
THA/DF/lf
Soliicitud N° 2017-5689.
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