REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA.

Los Teques, 07 de diciembre de 2017.
207º y 158º


Vistas las actuaciones que anteceden en la presente causa que por demanda de desalojo que interpuso la ciudadana ALIDA GUERRERO BECERRA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-3.309.849, contra el ciudadano MILT COELLO HENRY JOSE, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-12.114.238, encontrándose suspendida la causa en estado de ejecución de sentencia, en diligencia presentada en fecha 06 de diciembre de 2017, por el ciudadano LUIS GERARDO TARAZONA CAMPOS, abogado inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 39.3376, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, mediante el cual expuso que: “…Por medio de la presente diligencia señalo al Tribunal que se llego a una transacción o convenimiento extrajudicial, por cuanto la parte demandada en el presente procedimiento de desalojo adquirió de mi mandante la casa objeto del litigio, por lo cual no tiene objeto seguir en la presente causa...”. En consecuencia, este Tribunal observa que se encuentra terminada la presente causa, asimismo ORDENA EL CIERRE Y ARCHIVO DE LA PRESENTE SOLICITUD y su remisión al Depósito de Expedientes de la División de Archivos Judiciales del Estado Miranda, a los fines de su cierre y archivo. Cúmplase.

LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,


Dra. TERESA HERRERA ALMEIDA.

LA SECRETARIA TEMPORAL,


Abg. DAMELIS FIGUERA


THA/DAF/jcrl*
Exp. N° 10-8644