REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA







JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA

San Antonio de Los Altos, 12 de diciembre de 2017
207° y 158°


Vista la solicitud y documentación presentada por la ciudadana ENEIDA JOSEFINA LA CRUZ UZCATEGUI, titular de la cédula de Identidad Nro. 4.428.405 debidamente asistidos por el abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el nro. 32.423 y evacuadas como han sido las declaraciones de los testigos presentados por los solicitantes; este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y conforme a la Resolución N° 2009-0006 emanada del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.152, de fecha 2 de abril de 2009; DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano ENEIDA JOSEFINA LA CRUZ UZCATEGUI antes identificada, sobre las mejoras y bienhechurías constituidas por dos edificaciones distinguidas con los números 1 y 2 cada una con dos (2) unidades de vivienda, para un total de cuatro (4) unidades con un área de construcción de CUATROCIENTOS DIEZ METROS CUADRADOS (410,00 Mtrs2), Edificación 1: conformada por dos unidades de vivienda (una casa y un apartamento); Unidad de Vivienda número 1A: Una casa unifamiliar con un área de construcción de ciento treinta metros cuadrados (130,00 mts2), Unidad de Vivienda número 1B: Un apartamento, área de construcción de noventa metros cuadrados (90,00 mts2), Edificación 2: Unidad de Vivienda número 2A: Un apartamento con un área de construcción de cien metros cuadrados (100,00 mts2), Unidad de Vivienda número 2B, Un apartamento con un área de construcción de noventa metros cuadrados (90,00 mts2), con cuyas dependencias y especificaciones están en el escrito principal de la presente solicitud, consta en los planos presentados y se dan aquí por reproducidas. Que declara el solicitante haber construido sobre un lote terreno, ubicado en La calle Norte 6 (la Brachera), en el Sector El amarillo, San Antonio de los Altos, Municipio Los Salias, del estado Miranda; que le pertenece según consta de Documento de propiedad debidamente protocolizado ante la Oficina de Registro Público del Municipio Los Salias del Estado Miranda, en fecha treinta (30) de agosto del dos mil diez (2010), quedando inscrito bajo el Número 2010.465asiento Registral 1 del inmueble matriculado con el nro. 232.13.13.1.1821 del Libro de Folio Real del año 2010. Que el referido lote de terreno tiene una superficie aproximada de QUINIENTOS TREINTA METROS CUADRADOS CON OCHO DECIMETRO CUADRADOS (530,08 Mtrs2), cuyos linderos y medidas constan en autos, y se encuentra aforado por la Directora General de la Alcaldía del Municipio Los Salias del estado Miranda, bajo el Nro. 0010871.
Devuélvase al solicitante en original, todas las actuaciones que conforman la presente solicitud.
Déjese copia certificada del presente Decreto, y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
LA JUEZA TITULAR,
EL SECRETARIO

LEONORA CARRASCO HERNANDEZ
NÉSTOR PERDOMO J.



Se deja constancia que en esta misma fecha se dio cumplimiento con lo ordenado anteriormente.
EL SECRETARIO





Expediente Nº: S-2017-233
LCH/ NPJ /jc.