REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
San Antonio de Los Altos, 6 de diciembre de 2017
207° y 158°
Vista la solicitud y documentación presentada por la ciudadana SCARLET BELISARIO DE SANCHEZ, titular de la cédula de Identidad Nro. 2.964.722 debidamente asistida por la abogada Gina Estela Hernández inscrita en el Inpreabogado bajo el nro. 118.254, respectivamente y evacuadas como han sido las declaraciones de los testigos presentados por los solicitantes; este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y conforme a la Resolución N° 2009-0006 emanada del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.152, de fecha 2 de abril de 2009; DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana SCARLET BELISARIO DE SANCHEZ antes identificada, sobre las mejoras y bienhechurías constituidas por una parcela constante de tres (03) niveles; en el primer nivel de la parcela se edificio una (1) casa de dos Plantas (2) la planta baja con un área de con un área de construcción de trescientos metros cuadrados con cuarenta y dos decímetros cuadrados (300,42 mts2); la Planta Alta con un área de construcción de sesenta y tres metros cuadrados con sesenta y dos decímetros cuadrados (63,62 mts2); para un área total de construcción de aproximadamente con un área trescientos sesenta y cuatro metros cuadrados con cuatro decímetros cuadrados (364,04 mts2), cuyas dependencias y especificaciones están en el escrito principal de la presente solicitud, consta en los planos presentados y se dan aquí por reproducidas. Que declara el solicitante haber construido sobre una parcela de terreno, ubicado en La Urbanización Potrerito parcela E (40E), San Antonio de los Altos, Municipio Los Salias, del estado Miranda; que le pertenece según consta de Documento de propiedad debidamente protocolizado ante la Oficina de Registro Público del Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda, en fecha veintiuno (21) de septiembre de mil novecientos setenta y nueve (1979), quedando inscrito bajo el Número 59, folio 278, Protocolo Primero, Tomo N° 18; tercer trimestre y posterior Aclaratoria de linderos debidamente protocolizado ante la Oficina de Registro Público del Municipio Los Salias del Estado Miranda, en fecha doce (12) de febrero de dos mil catorce (2014), quedando inscrito bajo el Número 11, Tomo N° 2, folio 103, Protocolo de Transcripción del año 2014. Que el referido lote de terreno tiene una superficie aproximada de OCHOCIENTOS VEINTITRES METROS CUADRADO CON TREINTA Y OCHO DECIMETROS CUADRADOS (823,38 Mtrs2), cuyos linderos y medidas constan en autos, y se encuentra aforado por la Directora General de la Alcaldía del Municipio Los Salias del estado Miranda, bajo el Nro. 0005588
Devuélvase al solicitante en original, todas las actuaciones que conforman la presente solicitud.
Déjese copia certificada del presente Decreto, y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
LA JUEZA TITULAR,
EL SECRETARIO
LEONORA CARRASCO HERNANDEZ
NÉSTOR PERDOMO J.
Se deja constancia que en esta misma fecha se dio cumplimiento con lo ordenado anteriormente.
EL SECRETARIO
Expediente Nº: S-2017-284
LCH/ NPJ /jc.
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