REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA








JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA

San Antonio de Los Altos, 11 de enero de 2017

206° y 157°


Vista la solicitud y documentación presentadas por los ciudadanos OMAR PAULINO BAEZ RODRÍGUEZ y MARÍA DE LOURDES MARTÍNEZ DE BAEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad NROS V-24.435.248 y V-7.660.494, respectivamente; asistidos por la abogada Juana C. Bradt P., inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 71.735, y evacuadas como han sido las declaraciones de los testigos presentados por los solicitantes; este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y conforme a la Resolución N° 2009-0006 emanada del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.152, de fecha 2 de abril de 2009; DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de los ciudadanos OMAR PAULINO BAEZ RODRÍGUEZ y MARÍA LOURDES MARTÍNEZ de BAEZ, antes identificados, sobre las ampliaciones, mejoras y bienhechurías constituidas por una Vivienda, con un área total de construcción de aproximadamente CIENTO VEINTISIETE METROS CUADRADOS CON SETENTA Y UN CENTIMETROS CUADRADOS (127,71 Mtrs2), cuyas características están ampliamente detalladas en el escrito y se dan por reproducidas. Que en la presente declaran los solicitantes haber construido sobre un inmueble constituido por un parcela de terreno, identificada con el Nro. 38-B, situado en el lugar denominado Quintana, San Antonio de Los Altos, Jurisdicción del Municipio Los Salias del estado Bolivariano de Miranda, que les pertenece por haberlo que le pertenece según consta de Documento de Compra-venta debidamente Protocolizado ante el Registro Subalterno del Municipio los Salias del Estado Bolivariano de Miranda, en fecha veinticinco (25) de febrero de dos mil tres (2003), quedando inscrito bajo el Número 42, tomo 04, Protocolo Primero; y posterior Aclaratoria Protocolizada ante el Registro Público del Municipio Los Salias del Estado Bolivariano de Miranda, en fecha veintiuno (21) de octubre de dos mil dieciséis (2016), quedando inscrito bajo el Número 19, Tomo N° 14, Folio 121, Protocolo de Transcripción; cuyos linderos y medidas constan en autos. Que el referido lote de terreno tiene una superficie aproximada de SETECIENTOS CUATRO METROS CUADRADOS CON SESENTA Y SIETE CENTIMETROS CUADRADOS (704,67 mts2), cuyos linderos y medidas constan en autos, y se encuentra aforado por la Dirección de Catastro Municipal de la Alcaldía del Municipio Los Salias del estado Miranda bajo el Nº 0021104.
Devuélvase al solicitante en original, todas las actuaciones que conforman la presente solicitud.
Déjese copia certificada del presente Decreto, y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
LA JUEZA TITULAR,
EL SECRETARIO

LEONORA CARRASCO HERNÁNDEZ
NÉSTOR PERDOMO J.



Se deja constancia que en esta misma fecha se dio cumplimiento con lo ordenado anteriormente.
EL SECRETARIO



Expediente Nº: S-2016-283
LCH / NPJ /mmd