REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL LOS TEQUES

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




Tribunal de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control Nº 02
Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda
Con sede en la ciudad de Los Teques
Los Teques, 11 de febrero de 2017
206° y 157°

Juez: Dr. Ricardo Rangel Avilés.-
Fiscal Sala de Flagrancias del Ministerio Público: Abg. Katherine Azuaje.-
Defensa Pública: Abg. Yolimaury Laya.-
Imputado: Carvalho Zambrano Juan Carlos, titular de la cédula de identidad N° V-14.674.100.-
Secretaria: Abg. Leonel Rincon.-
Delito: Resistencia a la Autoridad, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal.-

DECISIÓN:
Por todo lo antes expuesto este Juzgado de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se califica flagrante la aprehensión del ciudadano: imputado Carvalho Zambrano Juan Carlos, titular de la cédula de identidad N° V-14.674.100, por encontrarse llenos los extremos establecidos en el artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal; en concordancia con lo dispuesto en el artículo 356 eiusdem, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 44 numeral 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.-
SEGUNDO: Se acuerda que la presente causa se ventile por las reglas del procedimiento especial para el Juzgamiento de delitos menos graves de conformidad con lo dispuesto en el artículo 354 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto este Juzgador considera que efectivamente la pena que podría imponerse esta dentro de los términos correspondientes a los delitos menos graves.-
TERCERO: Se decreta medida cautelar sustitutiva al ciudadano: CARVALHO ZAMBRANO JUAN CARLOS, titular de la cédula de identidad V-14.674.100, fecha de nacimiento 10-11-1977, edad 39 años, natural de Maracay, grado de instrucción: bachiller, hido de Felicia Zambrano (V) y José Luis Carvalho, con domicilio en Carretera vieja caracas los Teques, barrio Ayacucho, sector dos, casa 51 de bloques rojos está en construcción, Los Teques, Estado Miranda, teléfono 0426.817.85.05 y 0414.259.46.40; contenida en el 242 del Código Orgánico Procesal Penal en su numeral 9 del artículo en cuestión y artículo 246 Ejusdem, consistentes en la respetar a las personas con investidura de autoridad y en la presentación periódica cada quince (15) días por ante Oficina de presentaciones de este Circuito Judicial Penal, igualmente deberá consignar ante este Tribunal Carta de Residencia, Constancia de Trabajo y Copia de la Cédula de Identidad del imputado. Por la presunta comisión del delito de: Resistencia a la Autoridad, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal-
Líbrese la correspondiente boleta de excarcelación y remítase con oficio a la sede del órgano policial actuante.-
Quedaron notificadas las partes en la audiencia respectiva, de conformidad con el encabezado del artículo 159 Ejusdem.-
Regístrese, publíquese y déjese copia. Cúmplase.-
El Juez

Dr. Ricardo Rangel Avilés La Secretaria

Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior. Así lo certifico.- La Secretaria

RRA/rr
Causa: 2C18697-17