REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CON SEDE EN LOS TEQUES.
Los Teques, 25 de julio de 2017
207° y 158º
De la revisión de las presentes actuaciones se evidencia que este Tribunal mediante decisión dictada en fecha 06 de julio de 2014, declaró Inadmisible la demanda que por motivo de DESALOJO incoara la ciudadana ANA KATIUSKA BOSCO MORALES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.043.370, actuando en su condición de Director General de la Sociedad de Comercio INVERSIONES KADELGAN, C.A. contra la Sociedad Mercantil FABRICA VENEZOLANA DE CALZADO FAVENCA, C.A., por cuanto se observa que el proceso está terminado, este Tribunal en consecuencia ordena el cierre y archivo del presente expediente y su remisión al Depósito de expedientes de la División de Archivos Judiciales del Estado Miranda. Cúmplase.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
TERESA HERERRA ALMEIDA
LA SECRETARIA,
Abg. HILDA JOSEFINA NAVARRO
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior.
LA SECRETARIA,
THA/HJN/Damelis
Exp. Nº 17-9973