REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Los Teques, 25 de julio de 2017.
207º y 158º
De una revisión de las actas que conforman las presente actuaciones, iniciadas con motivo de demanda de Divorcio, presentado por los ciudadanos JOSE GREGORIO HERNANDEZ MANZANILLA y DEISIS SUSET AVILAN venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 6.461.652 y 6.962.480, asistidos por el abogado JUAN CARLOS ZAMORA PEREZ, inscrito en el inpreabogado bajo los Nº 96.017. Este Tribunal encuentra que por cuanto en fecha 06-07-2017, se declaro Inadmisible la presente solicitud, en consecuencia, este Tribunal ordena el CIERRE y ARCHIVO de este expediente. Remítase al Depósito de Expedientes de la División de Archivos Judiciales del Estado Bolivariano de Miranda. Cúmplase.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
Dra. TERESA HERRERA ALMEIDA.
LA SECRETARIA,
Abg. HILDA JOSEFINA NAVARRO.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.
LA SECRETARIA,
THA/HJN/tb
Exp. Nº 2017-9992.
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