REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA








JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA

San Antonio de Los Altos, 27 de julio de 2017
207° y 158°


Vista la solicitud y documentación presentadas por el abogado EDUARDO JOSÉ CABRERA RODRÍGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número Nro. 87.337, en su carácter de apoderado Judicial de los ciudadanos PIETRO ANTONINO PATTI LUGO y GIANCARLO PATTI LUGO, venezolano, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.279.025 y V-11.043.016, respectivamente; y evacuadas como han sido las declaraciones de los testigos presentados por los solicitantes; este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y conforme a la Resolución N° 2009-0006 emanada del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.152, de fecha 2 de abril de 2009; DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de los ciudadanos PIETRO ANTONINO PATTI LUGO y GIANCARLO PATTI LUGO, antes identificados, sobre las mejoras y bienhechurías constituidas por una Vivienda Unifamiliar, con un área total de construcción de aproximadamente QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON TREINTA Y CUATRO CENTIMETROS CUADRADOS (597,34 Mtrs2), las cuales tienen cuatro (04) plantas distribuidas de la manera siguiente: PLANTA NIVEL 2-3: Con un área de Doscientos Catorce Metros Cuadrados con Veintiún Centímetros Cuadrados (214,21 Mts.2 ) y consta de tres (03) apartamentos identificados así: APARTAMENTO 2-5: con un área de Cuarenta Metros Cuadrados Con Treinta y Un Centímetros Cuadrados (40,31 Mts.2). APARTAMENTO 2-4: con un área de Cuarenta y Seis Metros Cuadrados con un Centímetros Cuadrados (46,01 Mts.2); APARTAMENTO 2-3: con un área de Ciento Veintisiete Metros Cuadrados con Ochenta y Nueve Centímetros Cuadrados (127,89 Mts.2 ). PLANTA NIVEL 2-2: Con un área de Ciento Setenta y Dos Metros Cuadrados Con Cuarenta Y Un Centímetros Cuadrados (172,41 Mts.2) y consta de un (01) apartamento identificado como APARTAMENTO 2-2: con un área de Ciento Setenta y Dos Metros Cuadrados Con Cuarenta y Un Centímetros Cuadrados (172,41 Mts.2); PLANTA NIVEL 2-1: Con un área de Ciento Cuarenta y Cuatro Metros Cuadrados con Setenta y Dos Centímetros Cuadrados (144,72 Mts.2 ) y consta de un (01) apartamento identificado APARTAMENTO 2-1: con un área de Ciento Cuarenta y Cuatro Metros Cuadrados Con Setenta y Dos Centímetros Cuadrados (144,72 Mts.2); PLANTA NIVEL ESTACIONAMIENTO: Con un área de Sesenta y Seis Metros Cuadrados (66,00 Mts.2), todas las especificaciones están en el escrito principal de la presente solicitud, consta en los planos presentados y se dan aquí por reproducidas. Que en la presente declaran los solicitantes haber construido sobre un inmueble constituido por una lote de terreno ubicado en lugar denominado Potrerito, en Jurisdicción del Municipio Los Salias del estado Bolivariano de Miranda, que le pertenece según consta de Documento de Aclaratoria y Compra-venta debidamente Protocolizado ante el Registro Público del Municipio Los Salias del Estado Bolivariano de Miranda, en fecha siete (07) de abril de 2017, quedando inscrito bajo el Número 2017.99, asiento 1, del inmueble matriculado con el N° 232.13.13.1.6294 y correspondiente al Folio Real del año 2017; cuyos linderos y medidas constan en autos y se dan por reproducidos. Que el referido lote de terreno tiene una superficie aproximada de MIL TRESCIENTOS METROS CUADRADOS (1.300,00 mts2), cuyos linderos y medidas constan en autos, y se encuentra aforado por la Dirección de Catastro Municipal de la Alcaldía del Municipio Los Salias del estado Miranda bajo el Nº 0024614.
Devuélvase al solicitante en original, todas las actuaciones que conforman la presente solicitud.
Déjese copia certificada del presente Decreto, y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
LA JUEZA TEMPORAL,
EL SECRETARIO

BEYRAM DÍAZ MARTÍNEZ
NÉSTOR PERDOMO J.



Se deja constancia que en esta misma fecha se dio cumplimiento con lo ordenado anteriormente.
EL SECRETARIO






Expediente Nº: S-2017-149
BDM/ NPJ /mmd